La Procuraduría solicitó a la Jurisdicción Especial para la Paz que rechace la solicitud de sometimiento presentada por Enilce del Rosario López Romero, alias “La Gata”, condenada por los delitos de homicidio agravado y concierto para delinquir agravado por nexos con grupos paramilitares.
En concepto enviado a la Sala Definición de Situaciones Jurídicas, el Ministerio Público señaló que López Romero fue integrante orgánica de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), y los miembros de ese grupo armado ilegal no son sujetos de la competencia del tribunal de paz.
La Procuraduría demostró que el plan de aportes al sistema de justicia transicional presentado por Enilce López tenía serias deficiencias, pues no contenía propuestas para el esclarecimiento de los delitos que se le atribuyen a la estructura ilegal a la que pertenecía y sus ofertas en materia de reparación consistían en propuestas de emprendimiento financieramente inviables o recaían sobre bienes en proceso de extinción de dominio que por su situación jurídica carecían de vocación reparadora.
La jurisdicción ordinaria estableció que Enilce López había dirigido la estructura paramilitar del norte y el sur de Bolívar, y por lo tanto resulta evidente que su intervención no correspondió a la de una simple colaboradora de dicha organización.
Tomado de Caracol Radio