Hasta el 30 de junio, contribuyentes pueden aplicar a descuento del 50 % en los intereses de mora de sus impuestos

FECHA:

  • Esta rebaja es posible gracias al artículo 91 de la ley 2277 de 2022, establecida en el Estatuto Tributario.
  • Para solicitar este beneficio, los deudores deberán diligenciar el formulario que se encuentra en www.medellin.gov.co/solicitudLey2277.

Medellín, junio 22 de 2023- La Alcaldía de Medellín invita a las personas con deudas tributarias pendientes de pago para que apliquen al descuento de hasta el 50 % en los intereses moratorios de las mismas, que estará vigente hasta el 30 de junio.

– Esta rebaja es posible gracias al artículo 91 de la ley 2277 de 2022, establecida en el Estatuto Tributario.

Para el trámite, el Distrito tiene habilitado un aplicativo al que se puede acceder desde www.medellin.gov.co/solicitudLey2277 y validar el proceso de manera sencilla.

“Es muy importante que todos los ciudadanos conozcan cómo pueden acogerse a este beneficio utilizando la página web del Distrito de Medellín y así tener la posibilidad de ponerse al día en el pago de sus obligaciones, obteniendo un descuento hasta del 50 % en pago de los intereses. Los contribuyentes ganan, porque tienen la oportunidad de cancelar por un menor valor los impuestos y la ciudad gana, porque con el recaudo se puede cumplir con el plan de desarrollo y promover las causas de inversión social para la ciudad, manifestó el subsecretario de Tesorería, Luis Fernando Gómez Marín. 

Se trata de incentivos otorgados por el gobierno, con el fin de ofrecer a los deudores la posibilidad de pagar estas obligaciones con plazos, condiciones y descuentos especiales para aliviar la carga financiera que representan.

Para pagar el Impuesto Predial Unificado e Industria y Comercio es necesario ingresar a www.medellin.gov.co y seleccionar el botón “Beneficio ley 2277” en la franja “Impuestos Medellín”. Posteriormente, diligenciar el formato que aparece en pantalla para recibir una respuesta con el documento de cobro, una vez sea liquidado el beneficio. Se puede pagar con PSE, con el botón paga fácil o en los diferentes puntos autorizados. El deudor debe cancelar el valor que está en el documento de cobro, en la fecha indicada en el mismo. De lo contrario deberá presentar nuevamente la solicitud. 

En el caso de impuestos como Alumbrado Público, Degüello de Ganado Menor, Circulación y Tránsito, Publicidad Exterior Visual, entre otros, el contribuyente debe acercarse a las taquillas de atención en el primer piso del Centro Administrativo Distrital –CAD – para solicitar el beneficio.

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