Ordenan extinción de dominio de una finca en El Poblado del Cartel de Medellín

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Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Antioquia, ordenó traspasar al Estado la finca Candalaima, ubicada en el sector San Lucas del barrio El Poblado de Medellín, por considerar que el predio fue adquirido con recursos ilícitos del desaparecido Cartel de Medellín.

El inmueble ubicado en la calle 19 sur, número 17 -119, aparecía a nombre de Arturo Cardeño, desde el 30 de diciembre de 1992.

Los investigadores establecieron que el supuesto propietario es un sordomudo que trabajaba como lavador de carros, que solo sabe firmar y que para la época de los hechos no contaba con los recursos económicos suficientes para adquirir el predio, que estaba avaluado en la suma de $85’048.000.

Dos años después de la presunta compra, el propio Arturo Cardeño dijo a la Fiscalía que no tenía propiedades y que solo le dieron 100 mil pesos para que fuera a firmar un documento en una notaría del municipio de Envigado (Antioquia).

Entre las pruebas aportadas por el organismo investigador para solicitar la extinción del derecho de dominio aparecen una falsa denuncia de un presunto testaferro del Cartel de Medellín, que fingió un secuestro para luego argumentar que debió entregar la finca a los supuestos delincuentes para que lo dejaran en libertad.

También aparece una declaración de José Fernando Posada Fierro, lugar teniente de Pablo Emilio Escobar Gaviria, quien aclaró que Esaú de Jesús Correa, alias Pancho, le entregó al capo la mencionada propiedad como parte de pago de una deuda que tenía con el máximo cabecilla del cartel de las drogas.

Sobre el papel que jugó el supuesto propietario de la finca para engañar a las autoridades, el fallador destaca lo siguiente: «Esta ausencia de justificación aunado a sus declaraciones iniciales y su condición de trabajador informal (lavador de carros) es lo que permite concluir válidamente que los predios tienen un origen ilícito, pues es claro que estamos frente a un Presta nombres, quien por promesa remuneratoria de $100.000, suscribió escritura pública de compraventa en condición de comprador, cuando jamás ejerció el derecho real de dominio.

De acuerdo con el fallo, el inmueble pasará al estado a través del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y lucha contra el Crimen Organizado (Frisco) y será administrado por la Sociedad de Activos Especiales S.A.S (SAE).