CALI, COLOMBIA (21 FEB 2024) – Brayan Stiven Hurtado Salazar, exsecretario de Cultura de Cali, se enfrenta a graves acusaciones tras la imputación de cargos por parte de la Fiscalía General de la Nación. Se le señala como presunto autor de actos sexuales abusivos cometidos contra una mujer en el municipio de Calima – Darién, Valle del Cauca.
Los eventos que han llevado a esta situación legal ocurrieron en las primeras horas del 17 de septiembre de 2023. Durante una celebración en una residencia privada, la víctima, que estaba durmiendo en una de las habitaciones, fue presuntamente abordada por Hurtado Salazar. Según la información preliminar, el exfuncionario habría tocado inapropiadamente las partes íntimas de la mujer, quien al darse cuenta de los hechos confrontó al implicado, resultando en su salida de la habitación.
La Fiscalía, tras una meticulosa recolección de evidencia, considera que existe suficiente material probatorio para establecer la presunta responsabilidad del exsecretario en el delito de acceso carnal o acto sexual abusivo con incapaz de resistir agravado. Este delito se encuentra entre los más severamente sancionados en la legislación colombiana, dada la vulnerabilidad de la víctima en el contexto de los hechos.
Esta noticia ha resonado en la sociedad caleña y más allá, ya que involucra a un individuo que anteriormente ocupó un cargo de notable importancia en la administración cultural de la ciudad. La imputación ha destacado la importancia del respeto a la integridad personal y ha servido como un recordatorio del compromiso ineludible que tienen las autoridades de perseguir la justicia, independientemente del estatus social de los implicados.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.