CESAR, COLOMBIA (8 MAR 2024) – En un caso que ha resonado profundamente dentro de la comunidad y ha reafirmado el compromiso de la justicia colombiana con la protección de los menores, la Fiscalía General de la Nación ha obtenido una sentencia condenatoria de 16 años de prisión contra un hombre por el delito de acceso carnal violento agravado contra un menor de 14 años. Este veredicto fue dictado por un juez penal, marcando un precedente significativo en la lucha contra la violencia sexual hacia los niños.
El condenado, miembro de la etnia Arhuaca, fue hallado culpable de abusar sexualmente de su sobrino de tan solo 10 años de edad. El abuso ocurrió el 1 de enero de 2023, en medio de una reunión familiar. Aprovechando un momento en que el menor se encontraba en el patio del lugar, el hombre ejerció presión y sometió por la fuerza al niño a vejámenes sexuales.
La captura del agresor se llevó a cabo el 6 de enero de 2023 en Pueblo Bello, Cesar, por uniformados de la Policía Nacional, quienes actuaron bajo una orden judicial. Durante el desarrollo de las audiencias concentradas, el procesado reconoció su culpabilidad en los hechos imputados, lo que condujo a su condena.
Este caso subraya la importancia de la vigilancia constante y la denuncia de actos de abuso contra menores, así como la respuesta rápida y eficaz de las autoridades para asegurar que los responsables enfrenten las consecuencias de sus acciones. La sentencia no solo busca hacer justicia por el daño infligido al joven víctima, sino también enviar un mensaje claro sobre la inaceptabilidad del abuso sexual infantil y la determinación de la sociedad colombiana para combatirlo.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.