Capturan a dos hombres arrojando escombros en Bello por contaminación ambiental

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Foto de la Policía Nacional

BELLO, ANTIOQUIA, COLOMBIA (31 JUL 2024) – La Policía Nacional, a través de la Seccional de Carabineros y Protección Ambiental, logró la captura en flagrancia de dos hombres por el delito de contaminación ambiental, de acuerdo con el artículo 332 del Código Penal. La intervención se llevó a cabo durante actividades de patrullaje y control en la ribera del río a la altura del municipio de Bello.

Los ciudadanos fueron sorprendidos arrojando escombros, desechos de construcción y tierra en costales desde un vehículo hacia la ribera del río. Debido a la gravedad y la inestabilidad del suelo, los residuos cayeron al afluente, causando un daño significativo al medio ambiente.

La acción rápida y efectiva de las autoridades permitió la detención de los responsables, quienes ahora enfrentan cargos por contaminación ambiental. Este delito, tipificado en el artículo 332 del Código Penal, busca proteger el entorno natural y sancionar las actividades que pongan en riesgo los ecosistemas y la salud pública.

La Policía Nacional reitera su compromiso con la protección del medio ambiente y exhorta a la ciudadanía a denunciar cualquier actividad que pueda afectar negativamente a los recursos naturales. Las líneas de emergencia están disponibles para recibir información que contribuya a la preservación del entorno.

A.U.


La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.