Alias ‘Cucaracho’: Presunto integrante del EGC recibe 34 por el homicidio de un líder social en Córdoba

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Foto extraída de extra.com.co
Este integrante del [EGC] hacía parte de un grupo armado que ingresó a un establecimiento de comercio en La Apartada (Córdoba), y disparó contra la víctima.
Fiscalía General de la Nación,
FGN

CÓRDOBA, COLOMBIA, (27 AGO 2024) – Mario José Heredia Pérez, alias Cucaracho, fue condenado a 34 años de prisión por el homicidio de Fredman Arturo H. P., líder social y gestor cultural de las Comunidades Negras de Colombia. El crimen ocurrió el 15 de enero de 2021 en La Apartada, Córdoba.

Alias Cucaracho fue, al parecer, encontrado culpable de ser parte de una estructura delictiva del Ejército Gaitanista de Colombia (EGC) que operaba en varios municipios del sur de Córdoba, incluyendo Montelíbano, Tierralta, Ayapel y La Apartada. Según las pruebas presentadas por un fiscal de la Unidad Especial de Investigación (UEI), el sentenciado fue uno de los hombres armados que, a bordo de dos motocicletas, llegó a un establecimiento comercial en el corregimiento de San Jorge y disparó contra Herazo Padilla, acabando con su vida.

El asesinato de Herazo Padilla, reconocido por su labor en defensa de los derechos de las comunidades afrodescendientes, generó conmoción en la región. La Fiscalía demostró que el ataque fue parte de las actividades criminales del EGC, que ha ejercido control y violencia en la zona.

La condena de 34 años de prisión fue impuesta por un juez penal de conocimiento en Montelíbano, Córdoba. La decisión es de primera instancia, por lo que los recursos legales están disponibles para la defensa del condenado.

A.U.


La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.