Madrid, 6 de septiembre de 2024- La Audiencia Nacional española ha pedido al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que se pronuncie sobre si aplicar la ley de amnistía en el caso de terrorismo atribuido a miembros de los grupos independentistas catalanes Comités de Defensa de la República (CDR) contraviene el Derecho comunitario.
En un auto conocido este viernes, el tribunal español decide plantear una cuestión prejudicial al entender que aplicar la amnistía a los investigados por preparar acciones violentas relacionadas con el proceso secesionista catalán ilegal de 2017 es contraria al Derecho comunitario y garantiza la impunidad.
Los magistrados españoles consideran en este caso que, además de ser una vulneración de la directiva de la Unión Europea (UE) contra el terrorismo, «supone enviar un mensaje hacia el futuro en el sentido de que los delitos de terrorismo pueden ser perdonados cuando la intencionalidad de los mismos esté en línea con los intereses políticos de quien dicta la ley de amnistía».
El Parlamento español aprobó en mayo pasado esta polémica ley para los condenados, procesados e investigados judicialmente en relación con el intento ilegal de independencia de Cataluña.
Fue el resultado de un acuerdo entre el Partido Socialista, actualmente en el Gobierno, y los soberanistas catalanes, con el apoyo de otras fuerzas de izquierda y nacionalistas e independentistas vascos, frente a la oposición de los conservadores y de la extrema derecha.
Según los jueces, los hechos investigados en el caso de los CDR son subsumibles en el concepto de participación en grupo terrorista que recoge la directiva europea y en el de pertenencia o participación en organización terrorista conforme al Código Penal español.
El auto judicial añade que la ley de amnistía parece que excluye con carácter general su aplicación a los delitos de terrorismo previstos en la directiva europea, que a priori no serían amnistiables.
Sin embargo, la misma ley precisa que eso será cuando «hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos».
La Audiencia considera que limitar la exclusión de la amnistía a las violaciones más graves de derechos humanos en materia de terrorismo podría ser contrario al derecho de la UE, pues la directiva europea no distingue entre delitos de terrorismo que los violen o no.
A los investigados se les atribuye la pertenencia a organización terrorista, la tenencia, transporte y fabricación de explosivos, la fijación de objetivos y la planificación de actuaciones masivas contra los mismos, como un cuartel de las fuerzas de seguridad y el Parlamento regional de Cataluña.
EFE