VILLAVICENCIO, COLOMBIA (15 NOV 2024) – Tres hombres fueron condenados por un juez de conocimiento a severas penas de prisión por su responsabilidad en el asesinato de un hombre durante el robo de una cadena de oro. El hecho, ocurrido el 18 de enero de 2022 en Villavicencio, Meta, tuvo como resultado condenas de 52 años y 4 meses para Leonardo Ibarra Chávez; 47 años y 4 meses para Iván Antonio Larrahondo Pallares; y 47 años y 4 meses para Óscar James Castro Reboyero.
Los sentenciados fueron hallados culpables de homicidio agravado, fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones, y hurto calificado agravado.
De acuerdo con la investigación, los tres hombres se movilizaban en dos motocicletas y llegaron a un establecimiento de comida rápida en el barrio Bambú, donde se encontraba la víctima en compañía de otra persona. Iván Antonio Larrahondo Pallares dejó a Óscar James Castro Reboyero en el local, quien, aprovechando un descuido de la víctima, la abordó, la intimidó con un arma de fuego y le arrebató una cadena de oro avaluada en 300,000 pesos.
Tras el robo, Castro Reboyero disparó contra la víctima, causándole la muerte, y huyó en una motocicleta conducida por Leonardo Ibarra Chávez.
El juez de conocimiento negó cualquier mecanismo sustitutivo de la pena privativa de la libertad. Las penas de prisión se deben cumplir en su totalidad mientras la decisión, emitida en primera instancia, es apelada por la defensa.
El caso es un recordatorio del rigor con el que la justicia colombiana sanciona los delitos que involucran violencia letal durante actos de hurto.
A.U.
La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.