Se trata de Diego Marín Buitrago, alias Hugo, quien fue imputado en contumacia por los delitos de concierto para delinquir agravado y cohecho por dar u ofrecer.
Bogotá, Colombia, 05 febrero de 2025.-Un juez penal de control de garantías de Bogotá impuso medida de aseguramiento en centro carcelario contra Diego Marín Buitrago, alias Hugo, señalado de liderar una red delincuencial dedicada al contrabando y al pago de sobornos a funcionarios públicos.
Según la Fiscalía General de la Nación, alias Hugo habría facilitado el ingreso ilegal de cigarrillos, licores, textiles, zapatos y cacharrería a través de los puertos de Buenaventura (Valle del Cauca) y Cartagena (Bolívar). Para ello, presuntamente dispuso de grandes sumas de dinero con el fin de sobornar a integrantes de la Policía Fiscal y Aduanera (Polfa) y así evitar controles.
Las investigaciones revelaron que alias Hugo participó directamente en cuatro reuniones en las que entregó 13 millones de pesos en efectivo a tres oficiales, además de un celular de alta gama. También promovió otros 17 encuentros en los que se ofrecieron sobornos adicionales, que incluían el pago del arriendo de un apartamento en Cartagena, la entrega de una camioneta, dos celulares de última generación y 902 millones de pesos en efectivo.
Un equipo de fiscales de la Dirección Especializada contra la Corrupción le imputó los delitos de concierto para delinquir agravado y cohecho por dar u ofrecer. Sin embargo, el procesado no asistió a las citaciones judiciales y fue declarado en contumacia.
Actualmente, alias Hugo permanece retenido en Portugal, mientras avanzan los trámites para su extradición a Colombia.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.