La investigación permitió establecer que el procesado le habría exigido el pago de 30 mil dólares a los familiares de la víctima.
Huila, Colombia, 7 febrero de 2025.- Un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario contra Jhoan Andrés Motta Rojas, alias Andrey, señalado de participar en el secuestro de un ciudadano ecuatoriano en Pitalito.
La Fiscalía le imputó los delitos de secuestro extorsivo y hurto calificado, ambas conductas agravadas, además de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. El procesado no aceptó los cargos.
Según la investigación, la víctima, un taxista ecuatoriano, conoció a alias Andrey en octubre de 2023 en Ecuador, cuando lo transportó en varias ocasiones mediante una aplicación digital. Posteriormente, el procesado lo habría convencido de viajar desde Ecuador hasta La Hormiga (Putumayo) para recibir un supuesto préstamo.
Al llegar a Pitalito para concretar el crédito, la víctima fue recogida por alias Andrey, quien la trasladó hasta la vereda El Higuerón, donde presuntamente lo retuvo, lo amenazó con un arma de fuego y le robó sus pertenencias.
La Fiscalía evidenció que el capturado contactó a la familia de la víctima a través de redes sociales para exigir 30.000 dólares a cambio de su liberación. Sin embargo, la víctima fue rescatada el 26 de octubre de 2023 por las autoridades de Nariño, en un operativo en la vereda donde estaba retenida.
Alias Andrey fue capturado por la Policía Nacional del Ecuador en el Puente Internacional de Rumichaca, en Ipiales (Nariño). Por este mismo caso, otras dos personas se encuentran judicializadas.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.