Ilse Paulina Martínez Visbal impidió que se hiciera efectiva una decisión de segunda instancia que condenó a un abogado y dispuso que se hiciera efectiva la pena.
Magdalena, Colombia, 10 febrero de 2025.- Luego de valorar las pruebas aportadas por la Fiscalía General de la Nación en juicio oral, un juez penal de conocimiento condenó a la exsecretaria de la Sala Penal del Tribunal Superior de Santa Marta, Ilse Paulina Martínez Visbal, a cinco años y cuatro meses de prisión por el delito de destrucción, supresión u ocultamiento de documento público.
Los hechos que motivaron el fallo están relacionados con una decisión de segunda instancia emitida por el Tribunal Superior de Santa Marta el 12 de octubre de 2011, en la que se ratificó la condena a 45 meses de prisión contra un abogado involucrado en la defraudación al Instituto de Seguros Sociales (ISS).
Omisión deliberada para favorecer al condenado
Tras la emisión del fallo, el expediente quedó a cargo de Martínez Visbal, quien ocultó y desapareció el cuaderno que contenía la sentencia que ordenaba la detención del abogado. Además, omitió los procedimientos establecidos en la ley y remitió el proceso incompleto directamente a un juzgado de ejecución de penas.
Esta acción favoreció al abogado condenado, ya que impidió que las autoridades conocieran y aplicaran la sentencia en su contra, evitando así que cumpliera la pena impuesta.
Sentencia y sanciones adicionales
El fallo contra Martínez Visbal es de primera instancia, por lo que en su contra proceden los recursos de ley. Además de la pena privativa de la libertad, la sentencia establece una inhabilidad de 65 meses para ejercer funciones públicas.
Dado que la pena impuesta no supera los seis años de prisión, la exfuncionaria podrá cumplir la condena en su lugar de residencia bajo medidas de vigilancia.
Esta información se publica por razones de interés general.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.