Las víctimas llegaban a Medellín con la idea de trabajar en una confitería; sin embargo, eran retenidas en un inmueble.
Antioquia, Colombia, 26 de marzo de 2025.- La Fiscalía General de la Nación logró que un juez penal de control de garantías impusiera medida de aseguramiento en centro carcelario contra María Alejandra Brancho Sulbarán, una ciudadana venezolana acusada de reclutar jóvenes de su país mediante falsas ofertas laborales para someterlas a explotación sexual y mendicidad en Medellín.
Los elementos materiales probatorios presentados por una fiscal del Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual (Caivas) permitieron imputar a la procesada el delito de trata de personas con fines de mendicidad ajena y explotación sexual. El cargo fue aceptado por la acusada.
Según la investigación, entre marzo y abril de 2022, Brancho Sulbarán contactó por redes sociales a una joven venezolana a quien ofreció un supuesto empleo en una confitería en Colombia. La víctima viajó acompañada de su pareja sentimental, pero al llegar a Medellín fueron retenidas en un inmueble del barrio Robledo Aures. Allí, mediante amenazas, las obligaron a realizar actos de mendicidad y a una de ellas la forzaron a prestar servicios sexuales en varios municipios del oriente antioqueño.
Después de dos semanas de encierro y presión, las dos mujeres lograron escapar y denunciaron los hechos ante las autoridades, lo que permitió iniciar el proceso penal contra Brancho Sulbarán, de 40 años.
La Fiscalía reiteró su compromiso con la lucha contra la trata de personas y la protección de las víctimas, especialmente mujeres migrantes en situación de vulnerabilidad.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.