36 propiedades habrían sido puestas a nombre de personas cercanas a los hermanos Álvarez Meyendorff, investigados por hacer parte de una red trasnacional narcotraficante.
Cundinamarca/Valle de Cauca/Antioquia, Colombia, 13 de mayo de 2025. – La Fiscalía General de la Nación decretó la extinción del derecho de dominio sobre 23 inmuebles urbanos y rurales, 2 vehículos, 10 establecimientos de comercio y una sociedad vinculados a actividades ilícitas de narcotráfico.
Los bienes, presuntamente adquiridos por los hermanos Juan Fernando e Ignacio Álvarez Meyendorff, habrían sido comprados con recursos provenientes del envío de clorhidrato de cocaína a Estados Unidos y otros países.
Las propiedades incluyen apartamentos, casas, lotes, oficinas, parqueaderos y empresas de los sectores agrícola, estético, comercial y automotriz, distribuidas en Bogotá, Cali y Palmira (Valle del Cauca), Medellín (Antioquia) y Girardot (Cundinamarca).
Según las investigaciones, los activos fueron puestos a nombre de personas allegadas al clan familiar para ocultar su origen ilícito. Además, los capitales utilizados se habrían mezclado con fondos de procedencia lícita para dificultar su rastreo y aparentar legalidad ante las autoridades.
El proceso se basó en pruebas documentales, informes periciales y sentencias condenatorias emitidas por autoridades judiciales de Estados Unidos y Argentina. Como resultado, un fiscal de la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio declaró la procedencia de la medida sobre los bienes mencionados.
La decisión ya fue notificada y remitida a la Judicatura para continuar con el trámite legal correspondiente. Los afectados podrán interponer los recursos legales establecidos.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.