El hombre fue capturado en Medellín tras ser vinculado a un violento robo ocurrido en Itagüí.
ANTIOQUIA, COLOMBIA. (6 JUN 2025) – Un conductor de transporte público, de 26 años de edad, fue capturado en Medellín por su presunta responsabilidad en un violento caso de hurto ocurrido el pasado 5 de mayo en el municipio de Itagüí. Según la investigación liderada por la Seccional de Investigación Criminal (SIJIN), el hoy capturado habría hurtado un teléfono celular a una ciudadana, arrastrándola con el vehículo que conducía.
El procedimiento se llevó a cabo en vía pública del barrio Santa Cruz, en el nororiente de la capital antioqueña. La orden judicial fue emitida por el delito de hurto calificado y agravado, luego de 20 días de labores investigativas que permitieron a la Fiscalía General de la Nación vincularlo de manera directa con los hechos.
El hombre, quien se encontraba en libertad bajo medida de aseguramiento domiciliaria por otros delitos, incumplía dicha orden al desempeñarse como conductor en el sistema de transporte público. Las autoridades también confirmaron que registra antecedentes por abuso de confianza y hurto.
Con el acervo probatorio recaudado, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad en centro carcelario.
Esta captura hace parte de las 897 detenciones por orden judicial que la Policía Nacional ha realizado en lo corrido del año en el Área Metropolitana del Valle de Aburrá, como parte de las estrategias de lucha contra el delito urbano.
A.U.
La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.