Respecto a las afirmaciones del señor Ministro de Defensa, Guillermo Botero, sobre supuestas limitaciones de la Fuerza Pública para perseguir a personas que han recibido beneficios jurídicos gracias al Acuerdo de Paz y que ahora están delinquiendo, la JEP reiteró que la competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz es exclusivamente sobre los delitos cometidos antes del 1 de diciembre de 2016 que estén relacionados con el conflicto armado interno.Asimismo, que la investigación de cualquier delito cometido por un compareciente de la JEP después del 1 de diciembre de 2016 es competencia de la Fiscalía General de la Nación.
Añade la JEP que la Fuerza Pública no tiene ninguna limitación para perseguir y capturar a los comparecientes que se hayan rearmado y estén delinquiendo.
Finalmente, plantea que la investigación y persecución de aquellos comparecientes que en la actualidad estén delinquiendo tiene que ser ejercida por la Fiscalía y la fuerza pública, independientemente de que hayan concluido o no los procesos para la exclusión de de esas personas de la JEP. Ese es su deber y obligación.