Congreso de la República respalda a las víctimas del conflicto con aprobación de recursos

FECHA:

La Secretaria Ejecutiva de la JEP, María del Pilar Bahamón Falla, celebró la decisión del Congreso en cuanto a los recursos aprobados dentro del Presupuesto General de la Nación que permitirán la operación plena de la Jurisdicción en el año 2020.

La centralidad de las víctimas y su respectivo acompañamiento estarán garantizados en la JEP, pues se mantendrán las operaciones del Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD) de comparecientes y de víctimas; la presencia territorial de la Secretaría Ejecutiva, con una oferta destinada a víctimas, comparecientes y la ciudadanía en general; la implementación de los enfoques diferenciales de la JEP, que incluyen los servicios de la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) y el programa de protección a víctimas, testigos, intervinientes y procesados a cargo de la UIA, entre otros.

Además de la aprobación del presupuesto, el Congreso dio luz verde para consolidar a la Secretaría Ejecutiva como ordenadora del gasto de la JEP. Si bien ésta ha desempeñado esa función desde la creación de la Jurisdicción, ahora será la única unidad ejecutora del presupuesto, ya que anteriormente este rol estaba dividido entre la magistratura, la Secretaría Ejecutiva y la Unidad de Investigación y Acusación (UIA).

Lo anterior significa que la operación interna de la Jurisdicción será más eficiente, porque ya no tendrán que triplicarse los procedimientos presupuestales, administrativos y financieros que ahora se centralizarán en la unidad liderada por Bahamón Falla.
De acuerdo con el artículo transitorio 7 del artículo 1º del Acto Legislativo 01 de 2017, la Jurisdicción Especial para la Paz está conformada por “la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas; […] la Sala de Amnistía o Indulto; el Tribunal para la Paz [conformado por cuatro secciones]; la Unidad de Investigación y Acusación (UIA), y la Secretaría Ejecutiva».

Además, la JEP cuenta con autonomía administrativa, presupuestal y técnica conformada por dos componentes de labores netamente judiciales: el Tribunal para la Paz y las Salas de Justicia; un componente investigativo y de acusación: la UIA; y un componente que gestiona y administra los recursos de toda la Jurisdicción: la Secretaría Ejecutiva. Todo esto se encuentra sustentado y consignado en los artículos 111, 112 y 124 de la Ley 1957 del 6 de junio de 2019 (Estatutaria de la JEP).

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