La Sala de Amnistía o Indulto de la JEP se abstuvo de ordenar la apertura de incidente de verificación contra Omaira Rojas Cabrera, conocida también como Anayibe Rojas Valderrama y alias Sonia, exintegrante de las desaparecidas Farc-EP.
A través de una resolución de este 22 de octubre, la Sala de Amnistía o Indulto de la JEP consideró que la apertura de un incidente del régimen de condicionalidad se da cuando existen indicios de graves incumplimientos.
La Sala asegura que el fiscal 03 de la Unidad de Investigación y Acusación (UIA), que pidió la apertura del incidente, no pudo demostrar esos indicios, ya que el cotejo morfológico que aparece en su informe no determina plena identidad ni es concluyente respecto a que Rojas Cabrera aparezca en el video de agosto pasado donde algunos comparecientes anuncian su regreso a las armas.
Pese a que el informe del fiscal de la UIA plantea una coincidencia de “veinticinco puntos característicos (…) entre sí de treinta y ocho puntos estudiados, con respecto a las imágenes comparadas», para la Sala resulta pertinente reunir más elementos que apunten a establecer si hay indicios graves o no de incumplimiento por parte de Rojas Cabrera.
En ese sentido, para ampliar esta información, le ordenó a Rojas Cabrera presentarse ante la JEP en un plazo máximo de 10 días hábiles y le solicitó a la Fiscalía General de la Nación si existe algún procedimiento judicial contra la compareciente desde el 25 de enero de 2019 y si actualmente cursa en ese ente una investigación penal contra Rojas Cabrera por el anuncio del video de agosto pasado sobre el levantamiento en armas contra el Estado colombiano.