Alicia Arango, ministra del Trabajo, levantó polémica la semana pasada al sugerir que la flexibilización en la contratación de personas en Colombia debería estudiarse si lo que se quiere es mejorar el indicador de desempleo, que para el caso del año pasado llegó a ser el más alto de los últimos siete años: con una tasa del 10,5 %, es decir: 2,6 millones personas desocupadas.
Y esa flexibilización laboral de la que habla Arango tiene, entre muchos otros, el plan de permitir a las empresas la contratación por horas. “A un ingeniero de sistemas tú no lo necesitas todo el día en tu oficina, sino dos horas”, dijo Arango en entrevista con Caracol Noticias del lunes pasado. Pues la propuesta, que incluso viene desde el año pasado, tiene tanto adeptos, como detractores.
“La prioridad del país debe ser trabajar por el desempleo, con medidas de choque. Una de ellas es buscar una reforma laboral integral que permita incentivar la contratación por horas, que se pueda de alguna manera vincular gente experta en disciplinas que no requieren la contratación de tiempo completo”, explica Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco.
La iniciativa tiene historia en Reino Unido, donde en 1998 empezó a hablarse de la posibilidad de vincular personal para trabajos específicos. La iniciativa se aprobó para que las empresas pudieran contar con personal que desarrollara labores específicas, con la promesa de pagar por el tiempo trabajado: práctica a la que se le conoce como “contratos hora cero”.
Concepto que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) entiende como trabajo de tiempo parcial o trabajo a pedido. Y si bien las prácticas están reguladas por el convenio 165 y la resolución 182 de la OIT, la misma organización las tipifica como formas atípicas de empleo, y de hecho tiene algunos reparos.
Los peros
Está claro que para la OIT este tipo de contratos pueden llegar a generar oportunidades para personas que por algún motivo (estudio o familia) no pueden desempeñar un trabajo durante una jornada rutinaria; sin embargo, dice la OIT, ahondan en la desigualdad de los ingresos y beneficios salariales.
“El trabajo a pedido incluyendo los “contratos de cero horas” pueden plantear problemas por la imprevisibilidad o insuficiencia de las horas de trabajo y la disminución de los ingresos, aún más si los trabajadores no se benefician de un trato igual al de los trabajadores a tiempo completo en términos de remuneración” (ver Para saber más).
Esa misma organización ha identificado a Brasil, Alemania e India como los países donde más se utiliza la contratación parcial o por horas. Ha dicho además la entidad que es la modalidad atípica más difundida entre mujeres; y así mismo que debe ser corregida porque representa una diferencia de al menos el 30 % en los ingresos salariales frente a un trabajador de tiempo completo.
“Si bien las mujeres representan menos del 40 % del total del empleo, constituyen 57 % del total de los trabajadores a tiempo parcial. Las diferencias de género en lo que se refiere al trabajo a tiempo parcial son altas en los Países Bajos, los de Europa del Norte, India, Japón, Níger y Suiza”, añade la OIT.
Cambio más allá del laboral
Pero el hecho de que la propuesta tenga cabida desde el Gobierno supone otra serie de cambios. Iván Jaramillo, miembro del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, concibe a la medida como otro golpe más para desmejorar las condiciones de los trabajadores en el país, y supondría cambios sustanciales en el sistema de jubilación, que permitan, por ejemplo, la cotización por horas.
Tesis sobre la que concuerdan Cabal y Rosmery Quintero, presidenta de la Asociación Colombiana de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Acopi). Para los dirigentes gremiales en cualquiera sea el caso, el ahorro pensional no podría verse afectado por cuenta de generar un contrato más flexible.
“Es una opción más de las distintas modalidades en donde empleador y empleado acuerdan otras condiciones. La estabilidad de pensión no puede deteriorarse frente a la de un trabajador con contrato tradicional”, explica Quintero
Tipos de trabajos, según la OIT
De acuerdo con el organismo, existe la diferencia horaria en cada uno de los tipos de contratos aceptados en convenio con la OIT. “El trabajo a tiempo parcial es considerado generalmente como trabajar menos de 35 horas, o 30 horas, a la semana. El trabajo a tiempo parcial sustancial va de 21 a 34 horas a la semana; el trabajo a tiempo parcial de corta duración se entiende como de 20 horas o menos; mientras que el trabajo a tiempo parcial marginal es el que lleva menos de 15 horas a la semana”.
Tomado de El Colombiano