En medio de las propuestas que surgen de un sector y otro para buscar solventar la crisis generada por el covid-19 en Colombia, este fin de semana se conoció tal vez uno de los planteamientos que más ha generado polémica hasta el momento: que mientras dure la emergencia económica el Estado le dé una “renta mínima básica” a 34 millones de colombianos.
La iniciativa, que es firmada por 50 senadores, la mitad de los congresistas que tiene esa corporación, tiene dos focos: los trabajadores independientes o vinculados a actividades formales y los hogares pobres y vulnerables.
Para el caso de los trabajadores formales e independientes, se plantea que exista un subsidio por valor de un salario mínimo mensual con todas las prestaciones sociales legales ($1.409.000) que se entregaría a 3.5 millones de personas empleadas en actividades formales e independientes vulnerables a la crisis” del Covid-19.
Pero además se beneficiarían 31 millones de colombianos “pertenecientes a 9.5 millones de hogares pobres y vulnerables”, los cuales recibirían “una transferencia de un salario mínimo ($877.000)”.
“La propuesta en su totalidad permite beneficiar a cerca de 34,5 millones de personas, es decir al 71 por ciento de la población colombiana, por un periodo de tres meses”, aclara el documento, que así mismo precisa que dichos subsidios tendrían un costo total de 40.5 billones de pesos.
“La fuente de financiación a corto plazo es un crédito directo al Banco de la República, tal como lo estipula el artículo 373 de la Constitución Política”, indicó el senador de Alianza Verde Iván Marulanda, uno de los promotores de la propuesta.
El documento plantea, no obstante, otras posibles fuentes de financiación.
- Ampliar el impuesto al patrimonio.
- Reasignar gastos del presupuesto nacional: llevar a este plan de urgencia los recursos de transferencias monetarias existentes.
- Reducir los gastos de funcionamiento que no sean indispensables.
- Los recursos de proyectos aplazables y los cancelados como consecuencia de la emergencia.
- Los recursos disponibles en el FOME (en particular, los recursos de los títulos de solidaridad).
- El recaudo del impuesto solidario COVID-19 creado mediante el Decreto 568 del 2020
- Suspender con efecto inmediato los beneficios tributarios aprobados en la Ley 2010 de 2020, Ley de Crecimiento Económico.
- Solicitar un crédito directo al Banco de la República, garantizado en reservas internacionales, en desarrollo del artículo 373 de la Constitución Política
“Los recursos necesarios a mediano plazo para financiar el programa deberán provenir de una reforma tributaria estructural, por lo mismo progresiva, equitativa y eficiente, como lo ordena la Constitución, que elimine beneficios tributarios injustos e innecesarios”, manifiesta el documento.
Tomado de El Tiempo