CALI, COLOMBIA (21 FEB 2024) – El Tribunal Superior de Cali ha confirmado la condena de Gabriel Alberto Arce Sepúlveda, un abogado implicado en el manejo indebido de acciones de tutela que resultaron en el traslado de reclusos de alto perfil delictivo a cárceles municipales menos severas. La decisión judicial sostiene que Arce Sepúlveda deberá cumplir una pena de ocho años y seis meses de prisión por los delitos de concierto para delinquir agravado y prevaricato por acción.
Entre 2015 y 2017, Arce Sepúlveda orquestó al menos ocho traslados irregulares de internos a cárceles ubicadas en Florida, Yotoco, Vijes (Valle del Cauca), así como Miranda y Guapi (Cauca). A cambio de sustanciales sumas de dinero, se valió de su influencia y contactos para manipular el sistema judicial a favor de sus clientes, implicando a un juez penal municipal de Cali y coludíendose con varios dependientes judiciales y directores de las cárceles municipales mencionadas.
La red delictiva extendió sus tentáculos a funcionarios de distintas entidades, quienes facilitaron certificaciones y otros documentos necesarios para efectuar los traslados. Como resultado, los reclusos beneficiados gozaron de condiciones menos rigurosas, algunos llegando incluso a fugarse o a cumplir sus penas con beneficios y comodidades no previstos en el régimen carcelario regular.
Esta condena subraya el compromiso de las autoridades colombianas en la lucha contra la corrupción y el abuso de poder dentro del sistema penitenciario y judicial del país, reforzando la importancia de mantener la integridad y la justicia en el manejo de los reclusos, especialmente aquellos con historiales delictivos significativos.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.