Alcaldía flexibiliza medidas en centros comerciales y comercios independientes de Medellín

FECHA:

Después de varias conversaciones las semanas anteriores y este fin de semana entre Fenalco Antioquia y la Alcaldía de Medellín, hoy fue compartido de manera oficial el Decreto 0780 de 2020, que reemplaza el Decreto 596 de 2020 y con el que se flexibilizan algunas medidas para la operación de estos establecimientos.

Con este nuevo Decreto se determina especialmente un cambio en el control de registro de ingreso, en el que se suprime el requisito de inscripción en aplicaciones como CoronApp y demás software de recopilación de información personal y lectura de cédulas, estableciendo que no se llevará control de datos durante el ingreso o salida de los clientes en zonas comunes ni en los locales, pero sí se verificará que cumplan con el día de pico y cédula, se regulará el aforo, la toma de temperatura y se tendrán en cuenta los demás protocolos de bioseguridad al interior de los almacenes. Esto con el propósito de mejorar los procesos de ingreso a los centros comerciales y evitar congestiones.

Los Centros Comerciales hacen parte de la cadena integral de abastecimiento del comercio, son grandes dinamizadores de la economía y representan uno de los canales de venta más importantes para los comerciantes del país; durante el 2019 generaron alrededor de $46 billones en ventas. Actualmente, el comercio ocupa el segundo lugar en el aporte del PIB del departamento con un 16,2% y es el primer empleador con más de 383 mil empleos directos, de ellos, los centros comerciales aportan el 20% de los empleos.

En medio de la crisis por el Covid-19, las nuevas nuevas medidas decretadas, facilitan la operación de un comercio que ha estado preparándose constantemente, cumpliendo a cabalidad con todos los protocolos de bioseguridad, implementado las medidas necesarias con rigurosidad y evaluado constantemente las condiciones para que prevalezca el bienestar de proveedores, empleados y visitantes.

Carlos Andrés Pineda Osorio, Director Ejecutivo de Fenalco Antioquia, expresa su total agradecimiento al señor Alcalde de Medellín, Daniel Quintero, y al Secretario de Desarrollo Económico, Alejandro Arias, porque están escuchando al sector productivo en su interés de reactivar y recuperar la economía, que con tantas cuarentenas ha sufrido grandes pérdidas. Además, se espera que estas medidas y el voto de confianza que hoy se le está dando a los empresarios, sirva para recuperar el empleo en el Valle de Aburrá. Aún así, el éxito de esto recae en la responsabilidad y el autocuidado de los ciudadanos.

El Decreto establece las siguientes medidas así:

  • Tomar la temperatura corporal de los visitantes y trabajadores así como contar con zonas de desinfección para las personas en las instalaciones de los centros comerciales así como de los establecimientos de comercio independientes.
  • El comercio tendrá horarios diferenciados de apertura y cierre, con la finalidad de no congestionar el transporte público, por ello ambos horarios deben ser por fuera de las horas pico, estableciendo como hora de apertura entre la 6:00 am y las 10:00 a.m. y de cierre entre las 7:00 p.m. y las 10:00 p.m., no obstante podrán desarrollar la actividad comercial a domicilio y/o a través de plataforma electrónica hasta las 02: 00 a.m. a puerta cerrada.
  • No se prestará atención en los comercios y centros comerciales, a las personas que visiten los establecimientos sin tapabocas o que se nieguen a la desinfección y toma de temperatura.
  • Solo podrán aperturar los establecimientos que estén registrados en Medellín Me Cuida empresas y que cuenten con la aprobación de protocolos de bioseguridad y que materialmente los cumplan. La vigilancia del cumplimiento será conjunta entre la administración del centro comercial y la secretaría de salud.
  • Por cada seis metros cuadrados podrá ingresar una persona a los locales comerciales.
  • No se podrán desarrollar actividades prohibidas en el Decreto 749 de 2020 o el acto que lo modifique o extienda.
  • Están prohibidos los espacios de interacción social, solo podrá desarrollarse la actividad comercial exenta.

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