Alias «Macaco» recibe sentencia de 17 años por asesinato de enfermero sindicalista

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El exjefe paramilitar Carlos Mario Jiménez, alias 'Macaco', en una fotografía de archivo. EFE/Mauricio Dueñas Castañeda

CURILLO, CAQUETÁ (21 AGO 2024) — Carlos Mario Jiménez Naranjo, alias ‘Macaco’, ha sido condenado a 17 años de prisión por su aparente responsabilidad en el homicidio del líder sindical Jhon Freddy Marín Toro, quien fue asesinado el 18 de abril de 2002. La víctima, que trabajaba como enfermero y presidía el sindicato del hospital municipal de Curillo, fue ultimada por órdenes directas de ‘Macaco’, entonces comandante del Bloque Central Bolívar de las extintas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).

Durante la audiencia de aceptación de cargos, Jiménez Naranjo admitió de manera voluntaria su culpabilidad en el crimen, reconociendo que ordenó la muerte de Marín Toro debido a las constantes denuncias que este hacía sobre presuntos malos manejos económicos por parte de la administración del hospital. Además, se acreditó que el asesinato fue motivado por las acusaciones de que la víctima apoyaba a los grupos guerrilleros presentes en la región.

La condena, obtenida gracias al material probatorio presentado por un fiscal de la Dirección Especializada contra la Violación a los Derechos Humanos, también incluye una multa de 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv) y la inhabilitación por 20 años para el ejercicio de derechos y funciones públicas.

Este fallo representa un importante avance en la lucha contra la impunidad en casos de violencia sindical, subrayando el compromiso de la justicia con la protección de los derechos humanos y la defensa de los líderes sociales y sindicales en Colombia.

A.U.


La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.