La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado falló este martes en segunda instancia a favor de Ángela María Robledo y ordenó revocar la sentencia que le había quitado la curul en la Cámara de Representantes por considerar que se había incurrido en doble militancia. El fallo ordenó también a la Sala Quinta del mismo tribunal emitir un nuevo fallo en los próximos 20 días.
De acuerdo con el documento, “se ampara el derecho fundamental autónomo de la oposición política invocado por la ciudadana Ángela María Robledo Gómez en contra de la Sección Quinta del Consejo de Estado”.
En el segundo punto de la decisión, se le da un plazo de 20 días a la Sección Quinta para que emita una nueva decisión con dos opciones. En primer lugar, “emitir una providencia de cumplimiento del fallo de tutela bajo los argumentos aquí expuesto, en especial, en lo relativo a la consagración del derecho fundamental autónomo de la oposición y su correspondiente limitación a la interpretación extensiva de la doble militancia como causal de inelegibilidad para los cargos de presidente y vicepresidente de la República”.
En segundo lugar, el fallo señala sobre la nueva providencia que, “de ´persistir la decisión de aplicar a estos casos el artículo 107 constitucional, le corresponde estudiar la figura de la jurisprudencia anunciada electoral, pero sin aplicarla a la elección de la ciudadana Ángela María Robledo Gómez, no porque se trate de un cambio abrupto de jurisprudencia, sino como advertencia de las reglas claras de juego ante futuras elecciones en donde se materialice la asignación de las curules a la segunda votación en la elección presidencial y vicepresidencial”.
“Estoy feliz porque es un logro completo, porque se dice que no hay doble militancia y por el valor que tiene esa curul, que es la de la oposición y la de la paz. Se demoró mucho tiempo, pero valió la pena, y confiábamos en que íbamos a ganar. Es la voz de ocho millones y estoy muy agradecida con Jorge Iván Palacio y a todo su equipo, que me apoyaron con total gratuidad”, manifestó Robledo al conocer la decisión.
Agregó que el fallo tiene todo el sentido, ya que, si bien en una curul creada con una reforma constitucional anterior a la firma del acuerdo de paz, dentro del segundo punto de la apertura democrática que propone ese documento la voz de la oposición es fundamental. Es una curul que, simbólicamente, es la de la paz, tanto la de Gustavo (Petro) como la mía”.
Al respecto también opinó el senador Iván Cepeda, del Polo Democrático. “La decisión nos llena de alegría porque Ángela María Robledo es una destacada figura política que representa la lucha por la paz y la democracia. También porque significa el restablecimiento de los derechos que había adquirido la oposición y que estaban siendo vulnerados”.
Tomado de El Espectador