Héctor Campo, conocido como ‘Pinto’, fue atacado a tiros y murió bajo el árbol donde descansaba
SUCRE, COLOMBIA. (13 JUN 2025) – La violencia en Corozal cobró una nueva víctima con el asesinato de Héctor José Campo Meza, conocido por la comunidad como “Pinto”, un hombre de 58 años que fue atacado a tiros mientras se encontraba sentado bajo un árbol de ceiba en el barrio Dulce Nombre.
De acuerdo con lo reportado por El Universal. El crimen ocurrió a plena luz del día, cuando sujetos armados se acercaron al lugar donde Campo reposaba. Uno de ellos se aproximó directamente a la víctima y le disparó a quemarropa, impactándolo en el lado izquierdo del tórax, según relataron testigos.
Vecinos y transeúntes trasladaron de inmediato a Pinto al Hospital Universitario de Sucre, sede Corozal, donde ingresó al área de reanimación. Pese a los esfuerzos del personal médico, falleció poco después a causa de la gravedad de la herida.
La Policía Nacional y unidades de investigación judicial acudieron al hospital para realizar las primeras diligencias del caso, incluyendo la recolección de pruebas y testimonios que permitan esclarecer los móviles del homicidio.
Este crimen eleva a siete el número de homicidios registrados en Corozal durante el año 2025, y se convierte en el caso número 80 en el departamento de Sucre. La situación de inseguridad ha generado alarma en la región, especialmente tras el asesinato de dos reconocidos billaristas ocurrido en mayo en el barrio San Francisco.
El barrio Dulce Nombre lamenta la pérdida de Pinto, un hombre apreciado por sus vecinos, cuya muerte ha dejado un profundo vacío en la comunidad.
A.U.
La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.