Para garantizar la movilidad de todos los oficios y profesiones que están exentos de las restricciones de transporte, de este puente festivo de cuarentena, el Metro de Medellín anunció que operará su sistema integrado de transporte en los horarios habituales, pero reducirá las frecuencias de los vehículos (trenes, buses y cabinas).
“El servicio se prestará para quienes nos van a cuidar y tienen permitida su movilidad en el marco de la ‘Cuarentena por la Vida’: miembros de la Fuerza Pública; del Ministerio Público; de los organismos de socorro; de la Fiscalía General; personal médico; quienes requieran una atención prioritaria en salud y sus acompañantes: personas que trabajen en comercios de primera necesidad; trabajadores del Sistema Integrado de Transporte; operadores de la línea 123, entre otros mencionados en el Decreto”, indicó la empresa en un comunicado.
La empresa explicó que en las líneas A y B de Metro, en el Tranvía de Ayacucho y en las líneas 1, 2 y O de buses, se operará con intervalos de 15 minutos.
“La operación comenzará a prestarse en estas condiciones desde la entrada en vigencia de la medida, es decir a las 7:00 p. m. de este viernes 20 de marzo, hasta finalizar la operación comercial el lunes 23 de marzo a las 10:00 p. m”, indicó la empresa.
Horarios:
Viernes 20 de marzo:
Líneas A, B, Tranvía, Metrocables: H, J, K, M y líneas O, 1 y 2: hasta las 11:00 p. m.
Sábado 21 de marzo:
Líneas A, B, Tranvía, Metrocables: H, J, K, M y líneas O, 1 y 2: de 4:30 a. m. a 11:00 p. m.
Domingo 22 de marzo y lunes 23 de marzo
Líneas A, B, Tranvía y líneas O, 1 y 2 de buses: 5:00 a. m. – 10:00 p. m.
Línea K:
8:30 a. m. – 10:00 p. m.
Líneas H, J y M:
9:00 a. m. – 10:00 p. m.
Vale recordar que por la vocación turística, el Metrocable línea L (Arví) no prestará servicio hasta el próximo 30 de marzo.
No aplica la cuarentena si usted es miembro, funcionario o personal de:
- Fuerza Pública y/o Ministerio Público, incluyendo a las Personerías Municipales, Defensa Civil, Cruz Roja.
- Defensoría del Pueblo, cuerpos de Bomberos, Organismo de Socorro.
- ICBF, Fiscalía General y de las autoridades que cumplan funciones de policía.
- Sistema Integrado del Metro y Metroplus.
- Personal operativo y administrativo aeroportuario, pilotos y tripulantes.
- Sanitario y de emergencia médica
No aplica la cuarentena si usted trabaja en:
- Medios de comunicación.
- Obras de infraestructura o de atención de programas sociales que deban ejecutarse o no puedan suspenderse, previa autorización de la autoridad municipal.
- Entidades, empresas y establecimientos del sector salud. Debe portar identificación.
- Comercios de primera necesidad como farmacias y supermercados.
- Empresas o plataformas tecnológicas dedicadas a la entrega a domicilio de víveres y productos farmacéuticos por medio de motocicletas y bicicletas.
- Funerarias (solo si tiene que prestar un servicio y por el tiempo que dure el servicio).
- Operación y logística de la Lotería de Medellín.
No aplica la cuarentena si usted:
- Tiene vuelo de salida o llegada a los aeropuertos José María Córdova del municipio de Rionegro y Olaya Herrera de Medellín; o Antonio Roldán Betancur en el municipio de Carepa, programados durante el período de la Cuarentena o en horas aproximadas a la misma, debidamente acreditadas con el documento respectivo.
- Debe desplazarse a atender actividades agropecuarias que por su naturaleza sean de impostergable ejecución.
- Debe sacar a la mascota (por tiempo prudente y a lugares cercanos a su residencia).
- Es de la zona rural y requiere abastecimiento de víveres y productos de aseo e higiene.
- Requiere de manera prioritaria la atención de un servicio de salud. Tampoco aplica para su acompañante y las personas que se dediquen a la guarda y cuidado de personas mayores de edad.
Tomado de El Colombiano