Atención a los cambios en la circulación vial de la comuna 4 del municipio de Bello

FECHA:

Conforme a la Resolución 202000003827 del 03 de noviembre de 2020, la Secretaría de Movilidad de Bello, notificó algunos cambios en los sentidos de circulación vial de la comuna 4 (Suárez), con el fin de reducir los índices de incidentalidad, de congestión vehicular y de proyectar la construcción de la red de ciclocaminabilidad del municipio.

El Secretario de Movilidad, Rigoberto Arroyave expresó que la adopción de sentidos únicos de circulación para las vías, la formación de parejas viales y los reordenamientos de la malla vial, ayudarán a reducir el riesgo de incidentalidad y la congestión vehicular en el municipio de Bello.

A la par, el Secretario pronunció que es necesario dar una respuesta más humana y sostenible a las dificultades en la movilidad que presenta hoy el municipio, mencionando algunas como: la congestión, la contaminación y los siniestros.

Indicó que, a través de medidas como el reordenamiento en los sentidos de circulación de los corredores vehiculares y la inclusión de transportes sostenibles como la bicicleta o vehículos eléctricos, se empiezan a generar soluciones en materia de movilidad y transporte.

En tal virtud, la Secretaría de Movilidad en articulación con el Área Metropolitana del Valle de Aburrá se encuentra desarrollando el proyecto de construcción de la Red de Ciclocaminabilidad, con el propósito de otorgar un espacio para la circulación del peatón y de fomentar el uso de transportes sostenibles.

Para dar inició a los cambios en el sentido vial, la Secretaría de Movilidad ordenó la adopción de las maniobras y restricciones para mejorar los niveles de seguridad en la circulación peatonal y vehicular en los corredores relacionados a continuación:

▪ Adoptar sentido único de circulación en dirección sur-norte para la Carrera 45 (Costado Occidental de la vía) en el tramo comprendido entre las Calles 54 y 55.

▪ Adoptar sentido único de circulación en dirección norte-sur para la Carrera 45 (Costado Occidental de la vía) en el tramo comprendido entre las Calles 51 y 54.

▪ Habilitar la Carrera 45 (Costado Oriental) en el tramo comprendido entre las Calles 51 y 55 para poner en funcionamiento el sistema o red de ciclocaminabilidad.

▪ Adoptar sentido único de circulación en dirección sur-norte para la Carrera 50 en el tramo comprendido entre las calles 46 (Autopista Norte) y 48.

▪ Adoptar sentido único de circulación en dirección occidente-oriente para la Diagonal 51 en el tramo comprendido entre la Avenida 42B y la carrera 43.

▪ Adoptar sentido único de circulación en dirección sur-norte para la Carrera 43 en el tramo comprendido entre las calles 46 (Autopista Norte) y 51.

Así mismo, se ordenó la modificación y reordenamiento en los itinerarios de las rutas de transporte público colectivo que sean afectadas por la actual medida, indicando que los conductores que infrinjan las disposiciones de la Resolución pueden ser sancionados conforme a la Ley.

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