Una de las grandes tareas que debe asumir la Jurisdicción Especial para la (JEP), en 2020, es la apertura de nuevos casos. Ya existen siete, tres de ellos enfocados en territorios y otros cuatro en fenómenos criminales. La pandemia ha retrasado el cronograma, pero se espera que a más tardar a finales de este año se conozcan los nuevos capítulos que juzgará la JEP. Las líneas de investigación van avanzando y, de acuerdo con fuentes dentro de la Jurisdicción, hasta ahora llevan la delantera desplazamiento y violencia sexual.
Este trabajo es realizado por el Grupo de Análisis de la Información (GRAI) de la JEP, encargado de sistematizar y analizar los informes que entregan las organizaciones sociales y entidades del Estado, además de los datos entregados por la academia, decisiones de la justicia y los análisis del Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH). Todo esto para apoyar a los magistrados en sus decisiones de priorizar un caso o contrastar información. Al menos cincuenta personas trabajan para entregarle a la magistratura un vasto contenido que le permita cuanto antes decidir qué fenómenos del conflicto armado debe esclarecer.
En el caso de desplazamiento, el GRAI marcha a un buen ritmo. Ha procesado cifras de la Unidad de Víctimas y la Fiscalía General de la Nación y ahora está a la espera de gestionar los datos de la Encuesta Nacional de Verificación de los Derechos de la Población Desplazada y del Sistema de Información sobre Desplazamiento Forzado y Derechos Humanos, SISDHES (CODHES). También ha avanzado en la investigación sobre cómo se ha juzgado este delito en otras jurisdicciones. Ha sistematizado 350 sentencias que han sido representativas para comprender el desplazamiento forzado y el despojo: 281 de Restitución de Tierra y 69 de Justicia y Paz.
La premura también parte del llamado de varias organizaciones sociales, que han expuesto la necesidad de que la justicia transicional se preocupe por este delito que, de acuerdo con el Registro Único de Víctimas, ha dejado ocho millones de víctimas en el país. “Eso es casi el 85% del total que están registradas”, cuenta Marco Romero, director de la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (Codhes).
Las sentencias que hoy analiza la JEP se escogieron a partir de un análisis sobre los territorios más afectados por este flagelo: Bolívar, Antioquia, Arauca, Meta, Putumayo, Cesar y Nariño. Además, tanto el GRAI como la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) se reunieron con expertas y expertos en procesos de restitución de tierras, con los que se seleccionaron las decisiones que más luces dan sobre el fenómeno. Incluso, la UIA, que tiene facultades de policía judicial, desarrolló una primera investigación en campo en los tres municipios de Montes de María, donde se presentaron, de manera más intensa, los procesos de desplazamiento forzado: Chalán, Coloso y El Carmen de Bolívar.
Adicionalmente, la JEP ha analizado 44 informes de víctimas que podrán darles luces para la siguiente etapa de este proceso: identificar los casos más ilustrativos en los territorios, de acuerdo con sus afectaciones y así recrear el universo de víctimas, impactos y presuntos responsables.
Marcela Abadía, quien lidera el GRAI, explica que a esta manera de recolectar información se le conoce como investigación macrocriminal o metodología del embudo: “En esta no se indaga caso a caso, sino que se hace una imputación”. En una primera parte se identifica a la estructura armada o el aparato criminal que estaba en determinado momento y lugar. “En ese punto es importante indagar en cómo operaban, cuáles eran los patrones y los otros delitos que cometían. El desplazamiento, por ejemplo, también acarreó homicidios o desapariciones”, agrega Abadía.
Luego, complementa Gabriel Rojas, asesor metodológico del GRAI, ese panorama se ilustra con casos representativos y es ahí cuando se cierra el embudo. “De la Ley de Justicia y Paz aprendimos que esa es la vía. De otro modo, sigue la impunidad, pues no se puede ir caso a caso por los ocho millones de desplazados y ello no devela cómo funcionaba el aparato criminal, sino que se queda con chivos expiatorios, los autores materiales que en estos casos ostentan menos responsabilidad”.
Finalmente, explican los expertos, se abre de nuevo la investigación cuando el GRAI propone hipótesis de patrones y posibles ámbitos de imputación para que sea la Sala de Reconocimiento quien decida si abre o no el caso. Con esta metodología también se están investigando los fenómenos de violencia sexual, terceros y agentes del estado no integrantes de la fuerza pública y afectaciones a la vida y le pervivencia cultural de pueblos étnicos. En el caso de desplazamiento, esperan entregar sus hallazgos en septiembre.
¿Por qué el desplazamiento debe ser priorizado?
Luz Marina Becerra, miembro de Asociación Nacional de Afrocolombianos, considera que al dar estos pasos, la JEP está más cerca de saldar una deuda histórica con las víctimas de desplazamiento. Cree que no es suficiente con que la justicia transicional detalle el delito desde los casos territoriales y, por el contrario, asegura que es urgente tener un solo caso, en el que se determinen las causas estructurales que llevaron a los grupos armados a sacar a las personas de sus territorios.
En este punto coincide Marco Romero, director de Codhes, quien manifiesta que “no toda la gente fue desplazada porque estaba en el lugar equivocado”, sino que muchas veces hubo estrategias de despojo: “Mucha gente financió sus guerras con rentas ilegales, pero también hay indicios de que mucha gente aprovechó el conflicto para acumular la tierra y quitársela a otros. La Comisión de Seguimiento habla de que 6.5 millones de hectáreas fueron abandonadas y despojadas, mientras que la Contraloría 7.5” . No en vano, agrega, el desplazamiento también está ligado a las masacres, otro fenómeno que la JEP no debería evadir.
Pero lo más importante, explica Romero, es que dentro de la JEP se podrán discutir medidas de no repetición, una vez se convierta en un caso:”No es posible que ocho millones de víctimas hayan pasado frente a un Estado y este no haya tenido capacidad de protegerles nunca. Y que, además, la sociedad no haya reaccionado. Se normalizó el desplazamiento. La justicia tiene que ver con la dignidad de las víctimas, pero también cómo se logran reformas importantes para que no se repitan estos hechos y las personas puedan recuperar sus derechos de ciudadanía”.
Para Becerra, en la no repetición está la importancia de que el desplazamiento pase por la justicia transicional. Hasta ahora, el delito en la justicia ordinaria tiene altos índices de impunidad y las personas que han sido afectadas tardar en ser reparadas décadas. Lo más delicado, insiste, es que, al igual que el asesinato de líderes sociales, no cesa y “lo más afectados son los pueblos afros, indígenas y campesinos”. Según Codhes, la gran mayoría de los desplazados está afiliada a una ayuda humanitaria, pero no tiene una solución duradera. Solo el 12% de ellos tiene una vivienda y el 90% está bajo la línea de pobreza.
Para ambas organizaciones, las sanciones que se establezcan para los máximos responsables deben tener un carácter reparador y de garantía de no repetición. Romero dice que la JEP debe caracterizar los daños y pedir planes de justicia prospectiva. Eso quiere decir que no sólo se juzgan y determinan a los responsables sino que también se ordenan planes de reparación que deberán ejecutar los victimarios y el Estado.
Tomado de El Espectador