Meta, Colombia (14 JUL 2024) – La Fiscalía General de la Nación ha judicializado a dos presuntos integrantes de las disidencias de las Farc, quienes estarían planeando acciones terroristas por el no pago de extorsiones. Los acusados fueron capturados en flagrancia con una granada de fragmentación y otros elementos utilizados para elaborar artefactos explosivos.
En colaboración con el Gaula de la Policía Nacional, la Fiscalía identificó a los individuos como miembros de la estructura Jorge Briceño Suárez de las disidencias de las Farc. Estas personas, Juan Carlos Rojas Peña y Sneider Alexander Monroy Bustos, fueron detenidas en un inmueble comercial de Villavicencio (Meta), donde se les incautaron siete botellas plásticas con 500 gramos de material explosivo cada una, cordón detonante y una granada de fragmentación.
La investigación reveló que estos elementos iban a ser utilizados para intimidar a comerciantes y pobladores de diferentes municipios de Meta, presionándolos a cumplir con las exigencias económicas impuestas por los criminales.
Una fiscal de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales les imputó los delitos de fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las fuerzas armadas o explosivos. Los procesados no aceptaron los cargos y recibieron medida de aseguramiento en centro carcelario. Las investigaciones continúan para establecer su posible participación en extorsiones y actos terroristas recientes ocurridos en Acacías y Granada (Meta).
A.U.
La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.