CALI, COLOMBIA, (14 SEP 2024) – Cinco presuntos integrantes de una banda dedicada al hurto violento en Cali y Jamundí (Valle del Cauca) fueron judicializados por la Fiscalía General de la Nación. Los procesados habrían participado en al menos ocho hechos delictivos cometidos entre febrero y mayo de 2024, en los cuales se estima que hurtaron 170 millones de pesos en joyas, dinero, celulares y otras pertenencias.
Los implicados, identificados como César Augusto Carvajal Rúa, Bryan Alexánder Castrillón, Mayerline Restrepo Bravo, Yojan Fernando Rojas García y el ecuatoriano Ebrahín Wail Echaverría Tutiven Dercole, fueron imputados con los delitos de concierto para delinquir y hurto calificado y agravado. Ninguno de los procesados aceptó los cargos.
La investigación reveló que los delincuentes seleccionaban a sus víctimas, las perseguían en motocicletas, y las abordaban e intimidaban con lo que parecían ser armas de fuego. A través de estas amenazas y violencia física, despojaban a las víctimas de joyas, celulares y dinero en efectivo. En algunos casos, los delincuentes pinchaban las llantas de los vehículos de las víctimas para obligarlas a detenerse y así poder efectuar el robo.
En una serie de 14 diligencias de registro y allanamiento ejecutadas el pasado 4 de septiembre, las autoridades capturaron a los procesados e incautaron 2 armas de fuego, 4 armas traumáticas, joyas, municiones, teléfonos celulares, relojes y más de 67 millones de pesos en efectivo.
El juez a cargo del caso determinó medida de aseguramiento en centros carcelarios para los cinco imputados, mientras avanzan las investigaciones.
A.U.
La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.