VILLAVICENCIO, COLOMBIA. (9 DIC 2024) – En el marco de investigaciones lideradas por la Fiscalía General de la Nación, tres hombres señalados de estar involucrados en casos de extorsión en Villavicencio y municipios del sur del departamento de Meta fueron judicializados.
Los procesados, identificados como Carlos Andrés A. V., Juan Carlos R. G. y Johan Sebastián C. F., enfrentan imputaciones por los delitos de extorsión, tentativa de extorsión y hurto calificado, todas las conductas agravadas. Ninguno de los cargos fue aceptado por los imputados, y un juez de control de garantías les impuso medidas de aseguramiento en centros carcelarios.
Casos investigados
- Carlos Andrés A. V.
Este hombre fue capturado en una vía pública del sur de Villavicencio mientras recibía 200.000 pesos de una joven de 15 años, producto de una extorsión. - Juan Carlos R. G.
Según las investigaciones, este procesado se hacía pasar como integrante de las disidencias de las Farc para intimidar a agricultores y ganaderos en Fuentedeoro, San Juan de Arama y Granada. Al parecer, exigía sumas entre 3 y 30 millones de pesos a cambio de no declarar a las víctimas como objetivos militares. - Johan Sebastián C. F.
Fue capturado en flagrancia en la zona rural de Puerto Lleras mientras, presuntamente, realizaba cobros extorsivos a dueños de fincas en las veredas Unión y Caribe desde noviembre del presente año.
Capturas y operativos
Los tres hombres fueron detenidos en operaciones conjuntas entre el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y el Grupo Gaula del Ejército Nacional en los municipios de Villavicencio, Granada y Puerto Lleras.
A.U.
La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.