
La oficial recibió 94 millones de pesos por favorecer a determinados contratistas en procesos contractuales en la Cuarta Brigada.
Fiscalía General de la Nación,
FGN
ANTIOQUIA, COLOMBIA, (30 AGO 2024) – La coronel en retiro del Ejército Nacional, Martha Leonor Guío Vanegas, fue condenada a cinco años y cuatro meses de prisión por su participación en un esquema de corrupción en la Cuarta Brigada, con sede en Medellín, Antioquia. La oficial, quien se desempeñó como directora de la Central Administrativa y Contable del Ejército Nacional (CENAC), aceptó su responsabilidad en los delitos de concierto para delinquir agravado, interés indebido en la celebración de contratos y cohecho propio.
Entre 2016 y 2018, Guío Vanegas direccionó nueve contratos a cambio de recibir el 10% del valor total de los mismos, favoreciendo así a ciertos contratistas. Las investigaciones, lideradas por un fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia, revelaron que la oficial exigía dinero a los oferentes a cambio de información privilegiada sobre precios y condiciones de las licitaciones, lo que les permitía ajustar sus ofertas y asegurar la adjudicación de los contratos.
La condena incluye una multa de 2.299 salarios mínimos mensuales legales vigentes y la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos por 54 meses. Además, la oficial en retiro deberá cumplir la pena en un establecimiento carcelario.
Durante la investigación se comprobó que la coronel recibió 94 millones de pesos por estas actividades ilícitas, dinero que fue reintegrado tras la negociación judicial en la que aceptó su culpabilidad.
A.U.
La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.