Con decreto 482, MinTransporte y Presidencia suspenden cobro de peajes por coronavirus

FECHA:

Este jueves, el Ministerio de Transporte y la Presidencia publicaron el decreto 482 en el que se dictaron medidas sobre la prestación del servicio público de transporte y su infraestructura, durante el estado de emergencia por el Covid-19.

Entre las decisiones está cancelar el cobro de peajes durante la cuarentena. También, permitir los viajes intermunicipales en transporte público y controlar las operaciones del transporte masivo “a demanda, según los municipios, distritos o áreas metropolitanas en donde funcione”.

El decreto enumera varias medidas tomadas por las autoridades en el marco de la emergencia, teniendo en cuenta que “es evidente la necesidad de permitir la movilización de vehículos vinculados a empresas de servicio público de transporte, siempre que sea para el transporte de alimentos e insumos necesarios para garantizar el abastecimiento de poblaciones del país”.

En Colombia, hay confirmados por el Ministerio de Salud 470 personas con coronavirus. Además, por dicha enfermedad, se han presentado 4 muertes en distintas partes del país, incluyendo Bogotá y Cartagena.

Las medidas del decreto son:

  • Crear el Centro de Logística y Transporte, conformado por los ministerios de Transporte, Agricultura, Comercio, Industria y Turismo, y un delegado del presidente. Será presidido por el viceministro de Transporte.
  • Permitir la operación del servicio de transporte público intermunicipal en la modalidad de pasajeros.
  • Permitir la operación del servicio público, pero que la oferta habilitada no exceda el 50 % de la oferta máxima que tenga cada sistema.
  • Que los taxis puedan operar, pero solo se puede ofrecer el servicio por vía telefónica o plataformas digitales.
  • Garantizar el servicio de transporte de carga en el territorio nacional que “sean estrictamente necesarios para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria”.
  • Suspender los servicios prestados por los organismos de apoyo al tránsito, así como la revisión de vehículos automotores, incluyendo la técnico mecánica y la de emisiones contaminantes.
  • En las vías nacionales habrá “Puntos Seguros” para examinar y acompañar a los transportadores de pasajeros y de carga.
  • Suspender el cobro de peajes a vehículos que transiten por el territorio nacional y que cumplan con las actividades especificadas en el decreto.
  • Agilizar la devolución de los saldos a favor de las empresas de servicios aéreos comerciales.
  • Suspender el tope máximo del personal de controladores de tránsito aéreo, bomberos y técnicos aeronáuticos.
  • Permitir que las aerolíneas realicen reembolsos durante la emergencia y hasta por un año más, por solicitudes de retracto y desistimiento.
  • Que las empresas de transporte aéreo realicen acuerdos de pago con la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil otorgando plazos de pagos de los montos adeudados hasta por seis meses.
  • Suspender la aplicación de nuevos cobros relacionados con infraestructura aeroportuaria, así como de los cánones de arrendamiento de los espacios en aeropuertos.
  • Suspender unilateralmente los contratos estatales de infraestructura de transporte.
  • Autorizar a puertos privados la atención de operaciones de carga destinadas al abastecimiento de bienes de primera necesidad.

Tomado de El Colombiano

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