Nariño, Colombia, 20 febrero de 2025.- Las pruebas recaudadas por la Fiscalía General de la Nación permitieron que un juez de conocimiento sentenciara a 20 años de prisión a Andrés Camilo Delgado Angulo, alias Carduma, por su participación en el homicidio de cuatro personas en hechos ocurridos el 19 de febrero de 2021, en seis veredas del corregimiento de Llorente, en Tumaco (Nariño).
Alias Carduma fue hallado culpable de los delitos de homicidio agravado, concierto para delinquir, secuestro simple y fabricación, tráfico y porte de armas de uso restringido de uso privativo de las Fuerzas Armadas o explosivos.
Detalles del crimen y participación de alias Carduma
La Fiscalía demostró que el condenado, junto con otros integrantes del frente Oliver Sinisterra de las disidencias de las Farc, recorrió las veredas La Variante, La Nupa, El Guaital, Caunapí, El Carmen y La Playa, donde secuestraron a siete personas.
Los secuestradores realizaron exigencias económicas a los familiares de las víctimas para su liberación. Al no recibir el dinero solicitado, les dispararon en repetidas ocasiones, asesinando a cuatro de ellas.
Captura y sentencia
Para el momento de los hechos, alias Carduma se desempeñaba como jefe de sicarios de la estructura criminal. Fue capturado el 3 de septiembre de 2022 en un sector de Tumaco.
El fallo judicial también impuso a Delgado Angulo una multa equivalente a 3.650 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Esta condena se considera un avance en el desmantelamiento de estructuras armadas ilegales que afectan la seguridad en la región.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.