Condenado en Santa Rosalía por abusar de su hijastra de 6 años

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VICHADA, COLOMBIA (2 ABR 2024) – En un fallo que marca un precedente en la lucha contra el abuso sexual infantil en Colombia, la justicia ha impuesto una condena de 13 años y 6 meses de prisión a un hombre encontrado culpable de abusar sexualmente de su hijastra, una menor de edad, en el municipio de Santa Rosalía, Vichada. Este caso, llevado a cabo entre los años 2009 y 2011, involucra a una víctima que, en ese entonces, tenía apenas 6 años de edad y fue sometida a repetidos vejámenes.

Gracias a la exhaustiva recolección de material probatorio por parte de la Fiscalía General de la Nación, se logró demostrar que la menor fue accedida carnalmente en cuatro ocasiones por su padrastro. Las agresiones tuvieron lugar tanto en el hogar que compartían como en la residencia de la abuela de la víctima, quien, al percatarse de los hechos, no dudó en alertar a las autoridades.

El acusado enfrentó cargos por acceso carnal abusivo con menor de 14 años, en concurso con actos sexuales con menor de 14 años agravado, resultando en su condena. Actualmente, se está a la espera de que un juez emita la orden de captura correspondiente para que el condenado pueda cumplir su pena en un centro de reclusión.

Este fallo representa un avance significativo en el compromiso del sistema judicial colombiano por garantizar la justicia y la protección de los derechos de los niños y niñas frente a actos de abuso. Además, reitera la importancia de denunciar este tipo de delitos para que los responsables enfrenten las consecuencias de sus acciones y se prevenga la impunidad.

A.U.


La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.

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