Condenados a 40 años de prisión por desaparición de menor en Cali que cuidaban

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DALL-E, OpenAI

CALI (VALLE DEL CAUCA) COLOMBIA (5 OCT 2024) — Un juez penal del circuito de Cali condenó a 40 años de prisión a Zonia Rosero Ortega y Carlos Mauricio Prieto López, por su responsabilidad en la desaparición forzada agravada de un menor de 2 años en marzo de 2017. La pareja, que había sido encargada del cuidado del niño, desapareció junto con el menor, quien hasta la fecha no ha sido localizado.

Los hechos ocurrieron en el barrio Las Palmas de Cali, cuando una madre, en situación de vulnerabilidad, dejó a su hijo bajo el cuidado de la pareja mientras trabajaba. Aprovechándose de su confianza, Rosero y Prieto desaparecieron con el niño y evitaron cualquier contacto con la madre. Ante la imposibilidad de localizar a su hijo, la mujer reportó la desaparición en mayo de 2017, lo que inició las investigaciones del caso.

La Fiscalía General de la Nación demostró que la pareja proporcionó información falsa sobre el paradero del menor, lo que agravó su responsabilidad en el delito. Fueron capturados en mayo de 2022 y ahora deberán cumplir la sentencia en los centros penitenciarios de Pasto (Nariño) y Popayán (Cauca).

Además de la condena a prisión, el juez les impuso una multa de 2.666 salarios mínimos legales mensuales vigentes y les prohibió ejercer derechos y funciones públicas durante el mismo período de la condena. No se les otorgaron beneficios judiciales.

El paradero del niño sigue siendo desconocido, y la justicia continúa con los esfuerzos para esclarecer el destino del menor.

A.U.


La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.