El niño de dos años fue abusado, torturado y asesinado en una finca
CUNDINAMARCA, COLOMBIA. (19 JUN 2025) –
Un juez de conocimiento condenó a 56 años y 6 meses de prisión a un hombre hallado responsable de abusar sexualmente, torturar y causar la muerte a un niño de dos años y ocho meses, en hechos ocurridos el 18 de octubre de 2024 en zona rural del municipio de San Cayetano, Cundinamarca.
Según el medio de la FGN. La sentencia fue proferida tras la aceptación de cargos por parte del procesado durante la audiencia preparatoria. La Fiscalía General de la Nación logró demostrar que el sentenciado sometió al menor a actos de violencia extrema mientras se encontraba bajo su cuidado en una finca ubicada en la vereda Los Ríos.
Intentó desviar la investigación con una versión falsa
Después de cometer el crimen, el hombre mintió a las autoridades afirmando que el niño había caído de un caballo que lo atropelló varias veces. Sin embargo, el cuerpo del menor fue hallado dos días después, tras ser reportado como desaparecido. El dictamen forense reveló que la víctima presentaba señales de golpes contundentes, tortura y acceso carnal violento.
El juez declaró al procesado culpable de homicidio agravado, tortura agravada y acceso carnal violento con menor de 14 años agravado. Además de la pena privativa de libertad, se le impuso una multa equivalente a 800 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La decisión es de primera instancia y puede ser apelada por las partes según lo establece la ley.
A.U.
La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.