Confirmada condena a hombre que comercializó pornografía con menores en Girón: 19 años y 5 meses a prisión

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Foto Pixabay.

BUCARAMANGA, SANTANDER (11 AGO 2024) – El Tribunal Superior de Bucaramanga ratificó la condena a 19 años y 5 meses de prisión contra Erick Bladimir Jaimes Vargas, quien fue hallado responsable de los delitos de pornografía con menor de 18 años y utilización o facilitación de medios de comunicación para ofrecer actividades sexuales con menores.

Según las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, durante el primer semestre de 2017, Jaimes Vargas utilizó su residencia en el barrio Río Prado de Girón (Santander) para producir, ofertar y comercializar material pornográfico que involucraba a menores de edad. Dicho contenido explícito era compartido y vendido a través de redes sociales, y algunos de los materiales procedían de países como México y Estados Unidos.

Jaimes Vargas fue capturado el 19 de julio de 2017 y ha permanecido en un establecimiento carcelario desde entonces. La condena inicial fue proferida el 24 de octubre de 2023 por un juzgado penal del circuito con función de conocimiento en Bucaramanga. Tras la apelación, el Tribunal Superior confirmó la sentencia en segunda instancia, subrayando la gravedad de los delitos cometidos y la necesidad de una condena ejemplarizante.

Este caso pone en evidencia la firmeza con la que la justicia colombiana actúa contra aquellos que participan en la explotación sexual de menores, utilizando medios de comunicación para difundir contenido ilícito.

A.U.


La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.