Confirman condena contra directivos de Lérida CDO por desplome del edificio Space

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La Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín acogió las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación y confirmó en segunda instancia la sentencia condenatoria proferida el pasado 22 de enero en contra de Pablo Villegas Mesa, María Cecilia Posada Grisales y de Jesús Aristizábal Ochoa, por el desplome del Edificio Space de Medellín que dejó 12 personas muertas.

Al resolver el recurso de apelación presentada por la defensa, la Corporación Judicial dejó claro que efectivamente se trató de un homicidio culposo y que los procesados faltaron al deber objetivo de cuidado, porque violaron cientos de normas preexistentes relacionadas con la construcción, con calidad de los materiales y con sismo resistencia. Esas infracciones fueron determinantes para que se diera el colapso de la edificación con los resultados lamentables que se conocen.

El Tribunal confirmó la decisión del Juzgado Primero Penal del Circuito de Medellín (Antioquia) y sentenció a penas que oscilan entre 49 y 51 meses de cárcel (entre 4 y 5 años) a dos directivos de la constructora Lérida CDO S.A., y a un ingeniero calculista, por el homicidio culposo del estudiante universitario Juan Esteban Cantor, quien murió junto a otras 11 personas el 12 de octubre del año 2013, en el desplome de la torre 6 del Edificio Space, ubicado en el barrio El Poblado de Medellín.

El fallo responsabiliza a:

– Pablo Villegas Mesa, quien para la época de los hechos era el representante legal de la firma Constructora Lérida CDO S.A., encargada de gerenciar la obra. Deberá cumplir una pena de 50 meses de cárcel.

– Jorge de Jesús Aristizábal Ochoa, ingeniero estructuralista del proyecto Edificio Space, coordinador del diseño de la construcción. Fue sentenciado a 51 meses de cárcel.

– María Cecilia Posada Grisales, ingeniera directora de obras, condenada a 49 meses de cárcel.

En su decisión, el juez impuso prohibiciones para el ejercicio de la profesión. Para Posada Grisales, de 54 meses; Villegas Mesa, de 73 meses; y Aristizábal Ochoa, de 75 meses. Adicionalmente, concedió el beneficio de prisión domiciliaria, previo pago de las cauciones prendarias.

El fallo acogió en su integridad las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación durante el juicio, en las que se demostró violación al deber objetivo de cuidado por parte de los diseñadores y constructores de la obra siniestrada.

Según el informe técnico de la Fiscalía, hubo más de 6.000 errores en la obra del edificio Space; incluso, desde las etapas de diseño y cálculo. También fueron detectadas fallas graves en la utilización y mezcla de los materiales.

Las pruebas obtenidas revelaron que el diseño del proyecto no tuvo en cuenta las normas de sismorresistencia expedidas en 1998 y 2002. “Esto lleva a concluir que, si se hubiera dado un sismo, el edificio no hubiese aguantado”, enfatizó el informe de los peritos. De la misma manera, la Fiscalía identificó un cálculo erróneo en materia de soporte del peso, se planearon 22 pisos y fueron construidos 26.

Los familiares de las otras 11 víctimas fatales fueron indemnizadas de manera integral por la firma constructora y, en consecuencia, la Fiscalía precluyó la investigación por esos homicidios.

Esta es la primera sentencia condenatoria por homicidio culposo que se profiere en Colombia por el desplome de una estructura. En la actualidad se adelanta una investigación similar por la caída del edificio Blas de Lezo en Cartagena, donde murieron 21 personas.