Derecho a la doble instancia, así es la ley Andrés Felipe Arias

FECHA:

El pasado martes, la Comisión Primera del Senado aprobó en primer debate el proyecto que le permitiría al exministro de Agricultura apelar su condena, en única instancia, de 17 años. Él no sería el único beneficiario de esta iniciativa que el uribismo presentó basándose en una sentencia de la Corte sobre la doble conformidad. ¿En qué consiste?

En mayo pasado, la Corte Constitucional le pidió una vez más al Congreso de la República que regule los casos en los que hay condenas dictadas por primera vez. El término preciso es garantizar la doble conformidad en dicha situación, es decir, que la persona pueda apelar la decisión.

Por ejemplo, cuando una persona es absuelta por un juzgado, la decisión es apelada y en segunda instancia es condenada por un tribunal, en la actualidad no tiene un mecanismo para impugnar dicho fallo. Este pronunciamiento de la Corte se hace en el marco del Pacto Internacional de Derechos Políticos y en la Convención Americana de Derechos Humanos, documentos que han sido ratificados por Colombia.

Eso sí, como apenas en 2018 se estableció la doble instancia para aforados, dejó en manos del Legislativo la discusión acerca de los casos de estos que fueron condenados en única instancia, como el del exministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias, condenado en 2014 a 17 años de prisión por el escándalo de desvíos de dineros dentro del programa Agro Ingreso Seguro.

Esta situación dio pie para que el uribismo hablara de un proyecto de ley de doble conformidad retroactiva. En ojos de muchos, una iniciativa diseñada para que el caso del exministro, extraditado por Estados Unidos el pasado 12 de julio a Colombia, fuera revisado de nuevo por la justicia.

Con Arias extraditado, el Centro Democrático corrió más para radicar dicho proyecto que llegó al Congreso el pasado 23 de julio. El expresidente Álvaro Uribe señaló que la propuesta no se presentó por una coyuntura particular, al interior del Congreso a esa iniciativa la bautizaron como “Ley Andrés Felipe Arias”.

La propuesta, además de aforados, también le abre la puerta a personas que no tuvieron herramientas para apelar su condena. Desde el uribismo, hablan de más de 200 casos que podrían reabrirse. El proyecto incluye una Sala de Decongestión en la Corte Suprema de Justicia, una instancia transitoria pensada para dos años, con la posibilidad de prorrogarse otros dos, que estaría conformada por tres magistrados.

Así mismo, los posibles beneficiaros del proyecto, una vez esté en vigencia y se conforme la sala especial, tendrán hasta seis meses de la posesión de los magistrados para apelar su condena.

Tomado de El Espectador

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