Desmantelan red de venta ilegal de gasolina en el suroccidente de Colombia

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Foto de la Policía Nacional

Los establecimientos de comercio están avaluados en más de 7.000 millones de pesos.

Fiscalía General de la Nación,
FGN

Estaciones de servicio avaluadas en 7.000 millones de pesos son ocupadas por la Fiscalía

NARIÑO/CAUCA, COLOMBIA, (1 SEP 2024) – La Fiscalía General de la Nación, a través de la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, impuso medidas cautelares sobre seis estaciones de servicio en los departamentos de Nariño y Cauca, que estarían involucradas en la venta ilegal de gasolina. Los establecimientos, ubicados en Puerres, San Pablo, La Cruz, Arboleda (Nariño), y Puerto Tejada y Piendamó (Cauca), están avaluados en más de 7.000 millones de pesos.

Las estaciones de servicio fueron ocupadas en diligencias realizadas en conjunto con la Dirección de Carabineros de la Policía Nacional. Estas acciones se derivan de una investigación que vincula a los propietarios de estos establecimientos con una red criminal dedicada al apoderamiento y distribución ilegal de hidrocarburos en el suroccidente del país.

Las pruebas recabadas por las autoridades indican que la red ha operado desde 2020, utilizando las estaciones de servicio para recibir y distribuir combustible obtenido de manera ilícita. En Nariño, la gasolina, el ACPM y otros combustibles, que debían ser vendidos con descuentos y subsidios debido a su comercialización en zonas de frontera, eran desviados hacia el Cauca, donde eran vendidos a precios más altos.

La Sociedad de Activos Especiales (SAE) se encargará de la administración de los bienes ocupados mientras avanza el proceso de extinción de dominio.

A.U.


La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.