El Constitucional de Perú rechaza la demanda contra la ley que limita el referéndum

FECHA:

Lima, 24 de noviembre de 2022 – El Tribunal Constitucional (TC) de Perú rechazó este jueves una demanda del Ejecutivo para que se declare inconstitucional una ley que estableció limites a los derechos de participación y control de la ciudadanía, mediante referéndum, en las reformas constitucionales.

El TC informó que el fallo que declaró «infundada la demanda interpuesta contra la Ley 31399» se tomó por mayoría, y que la sentencia y los votos sobre esta causa «se publicarán en el portal web institucional y se notificarán en su oportunidad».

La decisión fue anunciada minutos después de que la mesa directiva del Congreso también rechazara «de plano» el planteamiento de un voto de confianza que hizo el presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, para que se derogue la Ley 31399, que indica que todo referéndum que implique una reforma constitucional debe ser aprobado primero por el Legislativo.

«La mesa directiva ha acordado por mayoría rechazar de plano la cuestión de confianza planteada por el señor presidente de Consejo de Ministros por tratarse de materias prohibidas para su planteamiento», anunció el presidente del Congreso, José Williams.

Williams, del partido opositor Avanza País, sostuvo que también han «exhortado al Consejo de Ministros a respetar escrupulosamente los parámetros constitucionales y legales para la cuestión de confianza».

Imagen de archivo del presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres. EFE/Str

POSIBLE RENUNCIA DEL GABINETE

La Constitución peruana establece que, si el Congreso rechaza una cuestión de confianza, el presidente debe recomponer su gabinete de ministros y, si esto se repite en una segunda ocasión, queda habilitado para disolver el Parlamento y convocar de inmediato a nuevas elecciones legislativas.

Torres advirtió la semana pasada ante el pleno del Congreso que la Constitución señala que la respuesta negativa a un voto de confianza se establece cuando el pedido es «rehusado» y no expresamente «rechazado», por lo que adelantó que si se declaraba inadmisible la sola posibilidad de recibir el proyecto, se tomaría como una negación de la confianza.

«Eso lo entenderá el Ejecutivo como un rehusamiento de la cuestión de confianza que estamos planteando, subrayo, no hay ninguna intención de propiciar el cierre del Congreso», anotó.

Al respecto, Williams sostuvo que a pesar de que el pedido de confianza es «una facultad discrecional prevista para los ministros de Estado o para el presidente del Consejo de Ministros, debe cumplir con requisitos constitucionales y legales vigentes».

Añadió que el planteamiento realizado por Torres «es un claro intento de arrogarse la facultad exclusiva y excluyente del Congreso de aprobar o no la confianza y de interpretar el sentido» de este tipo de solicitudes.

El gabinete de ministros se presentó la semana pasada ante el pleno después de que el Congreso archivara otro proyecto de ley del Ejecutivo para que se deroguen las restricciones para plantear una cuestión de confianza.

EFE

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