El debate jurídico sobre el policía que se negó a desalojar un barrio

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Considerando que se trataba de un abuso y una violación a los derechos humanos de los integrantes de un barrio de invasión ubicado en zona rural de Cali, que iba a ser desalojado en plena pandemia, el patrullero Ángel Zúñiga Valencia se negó este martes a cumplir la orden de sacar a ocho familias de sus viviendas.

El caso, que se volvió viral, generó todo un debate en redes sociales. En Twitter, con la etiqueta #ZuñigaEstamosContigo o #ZuñigaSÍEsMiHéroe muchos ciudadanos resaltaron que lo que el policía había hecho era defender a la comunidad, atendiendo a sus convicciones.

Incluso hubo voces como la del alcalde de Cali, Jorge Iván Ospina, quien pidió que el patrullero no fuera sancionado, porque consideró que lo suyo fue un gesto de humanidad, aunque insistió en que no se puede permitir estos asentamientos de invasión, y menos en zonas de alto riesgo.

Y ayer un grupo de 40 congresistas de la Bancada Alternativa publicó una proposición en la que pide a las plenarias de la Cámara y del Senado condecorar a Zúñiga por “su actitud ejemplar” y anteponer “los derechos fundamentales del pueblo que juró defender al cumplimiento de una orden injusta”.

Pese a esas voces de apoyo, por ser un funcionario público que desobedeció una orden, en contra del patrullero se abrió una investigación preliminar en la Inspección General de la Policía.

“Esta es una actividad previa que, según los hallazgos encontrados, determinará si el patrullero incurrió o no en una falta disciplinaria, y con base en ese resultado se decide si se le abre una investigación formal”, explicó a EL TIEMPO el general Pablo Antonio Criollo, secretario general de la Policía. Si se abre un proceso disciplinario, el caso podría pasar a conocimiento de la Procuraduría, si lo reclama.

El diario El Tiempo consultó con diferentes expertos hasta qué punto la actuación del patrullero puede ser considerada válida o ser sancionada.

Kenneth Burbano Villamarín, director del Observatorio Constitucional de la Universidad Libre, aseguró que el uniformado podría alegar objeción de conciencia, pues este es el derecho que tiene toda persona “a no ser obligada a actuar en contra de sus convicciones” éticas o morales, lo que se sustenta “en la libertad humana, en la emisión de juicios morales internos y de actuar conforme a ellos”.

Como Zúñiga es un servidor público, dice Burbano, y la función que él se negó a hacer podía ser desempeñada por otro, no puede haber consecuencias en su contra.

Lo mismo piensa Gustavo Zafra Roldán, exconstituyente y profesor de derecho constitucional de la Universidad Javeriana, quien dijo que Zúñiga puede ser considerado como un objetor de conciencia.

El jurista recuerda que Hans Welzel y Gustav Radbruch, dos filósofos del derecho, distinguen entre derecho justo y derecho nulo. Desde esa perspectiva cuestiona: “¿A quién se le ocurre un desalojo en plena pandemia sin reubicación temporal? Lo mínimo era haber avisado al ICBF y a las Comisarías de Familia, porque había niños, por la evidencia visual”.

También, dice Zafra, en este caso no se está discutiendo la propiedad del predio que iba a ser desalojado, sino la excepcionalidad de las circunstancias.

Y el exprocurador Jaime Bernal Cuéllar aseguró que en este caso no cree que haya lugar a una sanción disciplinaria porque este tipo de medidas deben “estudiar a la persona que cometió la conducta”, y para él es claro que en este hecho el patrullero “estaba en situación de emotividad”, recordando que, según se ha conocido, el policía viene de una familia indígena del Cauca de bajos recursos.

El exprocurador también dice que el patrullero no quiso ofender a la institución de la Policía, y por ello antes de negarse a cumplir la orden y unirse a las familias que protestaban, “entregó los símbolos que lo envestían de autoridad, entregó el arma y el escudo, y prácticamente se quitó de encima la condición de autoridad para actuar como particular, y eso debe tenerse en cuenta”.

Pero eso no es lo mismo que opinan algunos policías de alto rango consultados, quienes aseguran que el patrullero no solo cometió una falla disciplinaria, sino que, a su juicio, esto podría ser un presunto delito: “El desalojo se dio por una orden de un juez, no por su superior jerárquico. Por lo tanto, lo que hizo fue un desacato a la justicia. Como es un servidor público, incluso él podría ser destituido”, le dijo a este diario un general.

En este caso, el comandante de la Policía Metropolitana de Cali, el general Manuel Vásquez, dijo que la Fuerza Pública tiene unos deberes y que “ningún policía puede hacer caso omiso a la orden de los superiores, y menos entorpecer un procedimiento”.

Mientras se define su situación, la defensa de Zúñiga dijo que él no solo defendió derechos humanos, sino que además cumplió con lo que dicen los decretos por la pandemia, ya que en medio de la emergencia no se puede expulsar a las personas de sus viviendas.

Tomado de El Tiempo

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