En Bello, Alcaldía extiende fecha de pago para la factura del impuesto predial

FECHA:

Con el objeto de no modificar el calendario tributario, la Secretaría de Hacienda, desde su Dirección Administrativa de Rentas, extendió la fecha de pago para la factura del Impuesto Predial en el municipio de Bello hasta el miércoles 9 de septiembre del 2020.

El Director Administrativo de Rentas del municipio, Paulo Eugenio Castrillón Roldán, indicó que los ciudadanos tendrán más tiempo para realizar el pago de su factura y que, además, podrán efectuarlo a través de los siguientes puntos de pago:

“Debido a la normalidad de la situación por el covid-19 en el país y en el municipio, la dirección administrativa de rentas amplió el plazo para el pago de la factura del impuesto predial hasta el 9 de septiembre”, destacó Paulo Eugenio Castrillón.

-Entidades financieras: Banco de Bogotá, Banco Davivienda, Banco AV Villas, Banco Caja Social BCSC, Banco Colpatria, Banco Popular, Banco Agrario de Colombia, Cooperativa Cotrafa, Cooperativa Confiar, Cooperativa Financiera de Antioquia.

-Tarjeta Débito y Crédito: Tesorería Municipal.

-Puntos de Pago Redeban: Casa de Justicia (Niquía), Casa Betania (Zamora), Casa de Cultura (París), Corregiduría (San Félix).

-Pago en línea PSE: Ingresando a la página www.bello.gov.co en el botón de Pago Impuesto Predial.

Así mismo, el director de la unidad administrativa hizo un especial llamado a los ciudadanos para que sigan implementando la modalidad de pago virtual, explicando que es una opción más ágil y segura; sin embargo, precisó que quienes no tengan la posibilidad de realizar el pago en línea, podrán hacerlo presencialmente, siempre y cuando conserven los protocolos de bioseguridad y el distanciamiento social responsable.

Por último, recordó a los habitantes del municipio de Bello, que continúan vigentes los beneficios otorgados en el Decreto 678 de 2020, en el que los contribuyentes con deudas vigentes al 20 de mayo de este año, podrán ahorrarse el 20 % del capital, todos los intereses y todas las sanciones, si pagan antes del 31 de octubre de 2020. Y añadió que este descuento ya se encuentra incluido en las facturas de este trimestre.

“En esta factura están liquidados los beneficios para los deudores morosos. El vencimiento del beneficio es el 31 de octubre, pero el pago de la factura predial del segundo trimestre que está en circulación, vence el 9 de septiembre”, puntualizó Castrillón Roldán.

Audio: Director Administrativo de Rentas, Paulo Eugenio Castrillón Roldán.

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