Encarcelan a mujer por extorsionar a restaurantes en Neiva

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La procesada, al parecer, durante el 2024 realizó exigencias económicas ilegales a nombre de las disidencias de las Farc, de las cuales decía ser su cabecilla de finanzas. | Foto de la Fiscalía General de la Nación, FGN

HUILA, COLOMBIA, (27 AGO 2024) – Edith Johanna S. F., de 41 años, fue enviada a prisión por su presunta responsabilidad en la extorsión a propietarios de restaurantes y negocios de comidas rápidas en Neiva, Huila. Un juez de control de garantías impuso la medida de aseguramiento en centro carcelario tras la solicitud de la Fiscalía General de la Nación, que le imputó el delito de tentativa de extorsión agravada.

Según la investigación, durante 2024, Edith Johanna habría realizado exigencias económicas ilegales a nombre de las disidencias de las Farc, afirmando ser la cabecilla de finanzas de dicha organización. A través de llamadas telefónicas y mensajes de texto, la procesada informaba a sus víctimas de los pagos que debían realizar, los cuales podían ascender a dos millones de pesos. Las amenazas incluían posibles atentados contra los afectados, sus familias y sus negocios en caso de no cumplir con las exigencias.

La captura de Edith Johanna se produjo en el barrio Bosques de San Luis de Neiva, en una operación conjunta del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y el Gaula del Ejército Nacional. La mujer fue detenida en el momento en que presuntamente se disponía a recibir 700.000 pesos, producto del pago de una extorsión.

Durante las audiencias preliminares, la investigada no aceptó los cargos imputados en su contra.

A.U.


La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.