Sucre, Colombia, 9 de mayo de 2025.- Un juez con función de control de garantías de Sincelejo ordenó medida de aseguramiento en centro carcelario para Francisco Antonio Gil Acevedo y Santander Donado Algarín, quienes son investigados como presuntos responsables de los delitos de fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones, y violencia contra servidor público.
La investigación liderada por un fiscal de la Seccional de Sucre reveló que los hechos ocurrieron el pasado 23 de abril en Corozal (Sucre). Dos uniformados fueron alertados sobre la presencia sospechosa de dos personas que se movilizaban en una motocicleta, aparentemente siguiendo a otro ciudadano.
Al intentar ser abordados por las autoridades, los sujetos habrían intentado huir y, en medio de la fuga, presuntamente arrojaron un arma de fuego a un pozo séptico. Durante el registro de la motocicleta, los policías hallaron una bolsa con diez cartuchos calibre 9 mm en el compartimiento lateral izquierdo del vehículo.
Los procesados, al verse descubiertos, habrían agredido físicamente a uno de los uniformados, causándole lesiones en el rostro y en una mano. Ambos fueron capturados y puestos a disposición de la Fiscalía.
En las audiencias preliminares, los imputados no aceptaron los cargos. Sin embargo, el juez determinó la necesidad de su reclusión en un centro carcelario para evitar la obstrucción de la justicia y proteger la seguridad pública.
La Fiscalía reafirmó su compromiso de perseguir y sancionar los actos de violencia contra servidores públicos y el porte ilegal de armas en el departamento de Sucre.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.