Este lunes juez decide si policías de caso Ordóñez van a prisión

FECHA:

En la mañana de este domingo continuó la audiencia contra los policías Harby Damián Rodríguez Díaz y Juan Camilo Lloreda Cubillos, señalados del homicidio del estudiante de derecho Javier Ordóñez.

Aunque la jueza había ordenado el cierre de la audiencia por solicitud de la Fiscalía, ante la presión y una tutela de los medios pidiendo garantías para el acceso a las audiencias se reconsideró la decisión.

Durante la diligencia, la Fiscalía General le pidió a la juez 29 de control de garantías que ordene la medida de aseguramiento en un establecimiento carcelario en contra de los uniformados.

El ente acusador sustentó que su libertad podría poner en peligro el proceso judicial que se sigue por el asesinato de Ordóñez, así como su posible comparecencia ante la justicia.

La petición de medida de aseguramiento fue apoyada por el Ministerio Público, afirmando que la detención no era una medida caprichosa y resultaba idónea.

Con esos argumentos, más los de la defensa, que pidió que en contra de los policías no se ordene una medida de aseguramiento, este lunes a las dos de la tarde la jueza 29 de control de garantías tomará una decisión.

Según la Procuraduría, en este caso la gravedad de los hechos justifican la medida, pues “estamos hablando de una persona que entre las 12 de la noche y 1:30 de la mañana sufrió golpes y daños evidentes”. Así, dijo, “No es un exceso de fuerza. Es más que un exceso de fuerza, y por eso estamos ante una tortura”.

Este sábado a Rodríguez y Lloreda se les imputaron los delitos de homicidio agravado y tortura agravada, por los hechos que sufrió en la noche del pasado 9 de septiembre, cuando primero recibió varios choques eléctricos en un procedimiento policial y luego, en el CAI de Villaluz, habría recibido golpes presuntamente por parte de los policías, que le causaron la muerte

Sin embargo, los uniformados -que fueron suspendidos de su cargo- no aceptaron los delitos imputados. Por el contrario, elevaron un conflicto de competencias afirmando que no debería ser un juez ordinario el que conozca su caso sino la Justicia Penal Militar. La jueza aseguró que ella no es la competente para resolver el conflicto de competencias, sino la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, pero por ahora resolverá la medida de aseguramiento y luego esa Sala tendrá que pronunciarse a quién le corresponde llevar el caso.

En la noche del viernes, además, la jueza legalizó la detención de los dos policías, por considerar que en el procedimiento no hubo irregularidades y se respetaron sus derechos fundamentales.

Ante, el juzgado, el ente acusador dio a conocer las evidencias, testimonios, dictámenes de peritos, incluido el resultado de la necropsia de Medicina Legal, que da cuenta de la violencia con la que fue golpeado y murió Ordóñez. También destapó testimonios sobre los golpes que habría seguido recibiendo la víctima dentro del CAI de Villaluz.

La petición de la Fiscalía de hacer la audiencia a puerta cerrada, que fue aceptada inicialmente por la juez, causó rechazo por parte de medios de comunicación, recordando que según un fallo de la Corte Constitucional de este año, la publicidad de las audiencias debería ser la regla, y su restricción, la excepción. Incluso, la Corte Constitucional planteó que los jueces tenían la obligación de sustentar cuáles eran los argumentos para cerrar las audiencias y facilitar a los medios de comunicación toda la información. En este caso, el argumento de la juez consistió en que abrir las puertas podría comprometer «seriamente el éxito de la investigación».

Por eso, varios periodistas presentaron un derecho de petición para que la audiencia fuera pública. Ante esa petición, la jueza decidió abrir la audiencia a los medios para esta parte final en la que resolverá sobre la medida de aseguramiento.

Hoy la Fundación para la Libertad de Prensa se pronunció al respecto y aseguró que la decisión de hacer la audiencia privada limitó el derecho a la información de la ciudadanía, por lo que hizo un llamado al juez de control de garantías para que revisara la «legalidad, idoneidad, necesidad y proporcionalidad de la restricción pues esto no está claro en el comunicado» que emitió el juzgado.

Tomado de El Tiempo

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