Fallan tutela a favor de la protección de líderes sociales en Colombia

FECHA:

El pasado 10 de diciembre, organizaciones defensoras de derechos humanos y representantes de movimientos sociales presentaron una tutela que exigía garantías de seguridad para personas defensoras de derechos humanos en Colombia, con el fin de que se defiendan los derechos de esta población, la cual se encuentra en constante riesgo. También se esperaba que un juez constitucional se pronunciara sobre el contenido, alcance y las obligaciones del Estado colombiano respecto del derecho a defender los derechos humanos, incluidas las garantías de seguridad derivadas del Acuerdo de Paz.

El 17 de enero del presente año, la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá alertó que en Colombia existe una preocupante situación de violación constante a los derechos fundamentales de los líderes y las lideresas sociales que el Estado no ha logrado superar y que, por lo tanto, persiste el Estado de Cosas Inconstitucional declarado en 1998. Después de un largo proceso, este 25 de marzo el Juzgado 45 Civil de Circuito falló nuevamente la tutela amparando el derecho fundamental a defender los derechos humanos, que implica otros derechos como la vida, la integridad personal y la libertad de los y las líderes sociales, pues reconoce los homicidios, amenazas y demás agresiones que reporta a diario esta población.

Asimismo, el Juzgado resaltó que pese al confinamiento derivado del “Estado de emergencia por el COVID-19”, los crímenes contra líderes y lideresas sociales se siguen presentado “lo que conlleva a inferir que se puede tratar de una organización criminal coordinada al exterminio sistemático de esa población, continua y que se ha venido perpetuando por décadas, a pesar de que frente a ellos recae en el Estado el deber de una especial protección”. De igual forma, el Juzgado condena la falla sistemática del Estado en no identificar las causas de las amenazas, ni definir las políticas públicas para la eliminación de éstas agresiones, ni en obtener resultados satisfactorios en las investigaciones penales que permitan verdad, justicia y reparación. El Juez concluye que existe “una deuda histórica para con los defensores y las defensoras de derechos humanos de este país, que quizás con esta nueva oportunidad pueda ser reparada”

El juzgado dictaminó, entre otras:

Ordenar a la Presidencia de la República que active en el plazo máximo dos meses la Mesa Nacional de Garantías y las Mesas Territoriales de Garantías, las cuales son necesarias para definir rutas que permitan dar fin a las vulneraciones a la vida y la integridad física y psicológica de las personas defensoras de derechos humanos, las cuales deberán participar activamente de dichas mesas. Estás reuniones deberán efectuarse, como mínimo, con una periodicidad de tres meses.

En dichas mesas se deberá dar respuesta a los siguientes temas:

“El cumplimento de las garantías de seguridad en el Acuerdo de Paz lo cual incluye la implementación efectiva de mecanismos como la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad y el Programa Integral de Seguridad y Protección para Comunidades y Organizaciones en los Territorios.
La elaboración e implementación de una política pública de garantías de seguridad para la defensa de los derechos humanos, esto con la participación de los líderes y las lideresas sociales y la sociedad civil.
La implementación de la resolución 1190 de 2018 y la adopción de protocolos departamentales y/o regionales por parte de las autoridades territoriales.
El diseño de una metodología para las sesiones de trabajo del CIPRAT que involucre la creación de un plan de acción articulado institucionalmente para responder las Alertas Tempranas.

La adopción y ejecución del programa Integral de Garantías para mujeres lideresas y defensoras de derechos humanos consagrado en el Decreto 1314 de 2016.”

Igualmente, el juzgado le ordenó a la Fiscalía que adopte las medidas necesarias para dar prioridad a las investigaciones relacionadas con delitos cometidos en contra de líderes y lideresas sociales y personas defensoras de derechos humanos, y desarrollarlas de manera idónea, integral, célere y eficaz

Se espera que estás acciones se lleven a cabo de manera inmediata, pues en los primeros tres meses de lo que va corrido del año 2020, se conocen más de 56 denuncias por homicidios a líderes sociales y más 10 a personas excombatientes. Defender los derechos humanos no puede seguir siendo una actividad de alto riesgo en Colombia.

Las organizaciones representantes de los y las tutelantes son: El Comité de Solidaridad con Presos Políticos, la Comisión Colombiana de Juristas, el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC), la Corporación Reiniciar, la Asociación Minga, el Centro de Estudios de Derecho Justicia y Sociedad (Dejusticia), Marcha Patriótica, con el apoyo de La Alianza de Organizaciones Sociales y Afines, la Coordinación Colombia Europa Estados Unidos, la Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo, y la Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular.

Tomado de Comité de Solidaridad

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