Los acusados habrían desmembrado el cuerpo y arrojado partes al río La Vieja
Alcalá, Valle del Cauca. 20 de Agosto de 2025. –La Fiscalía General de la Nación judicializó a dos hombres señalados de participar en el homicidio de un prestamista ocurrido el 17 de mayo de 2024 en el sector Piedras de Moler, jurisdicción de Alcalá.
Los procesados son Gustavo Acevedo Acevedo y su sobrino, Alberto Rodríguez Acevedo. Según la investigación, interceptaron a la víctima cuando se movilizaba en un taxi. Durante el ataque, lo hostigaron, lo insultaron y le dispararon en repetidas ocasiones.
El prestamista intentó refugiarse en una vivienda para salvar su vida. Sin embargo, los agresores lo persiguieron y lo asesinaron dentro del inmueble. Días después, labores de policía judicial establecieron que los implicados desmembraron el cuerpo y arrojaron sus partes al río La Vieja. Restos humanos fueron hallados en el sector de La Bocatoma de Cartago.
La Fiscalía les imputó homicidio agravado, porte ilegal de armas y constreñimiento ilegal. Pese a las pruebas, ninguno aceptó los cargos.
El 13 de agosto, agentes del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y de la Policía Nacional capturaron a los acusados durante una diligencia de registro y allanamiento en Cartago, Valle del Cauca.
En la audiencia, un juez de control de garantías acogió la solicitud de la Fiscalía y les impuso medida de aseguramiento en centro carcelario.
El crimen estremeció a la comunidad de Alcalá y municipios vecinos, donde ciudadanos reclaman justicia y acciones más firmes contra estructuras criminales que amenazan la tranquilidad con hechos violentos.
A.U.
La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.