Fiscalía General de la Nación,
El señalado agresor fue capturado y judicializado. Al parecer, secuestró a la víctima, que en su momento tenía 7 años, le cambió el nombre y la mantuvo encerrada en varias viviendas de Medellín y Bello (Antioquia) para evitar que fuera ubicada.
FGN
MEDELLÍN, COLOMBIA (3 DIC 2024) – Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Carlos Humberto G. H., por su presunta responsabilidad en el secuestro y abuso sexual de una menor de edad que había sido reportada como desaparecida hace 12 años.
En este sentido, un fiscal de la Seccional Medellín le imputó los delitos de secuestro simple, acceso carnal abusivo con menor de 14 años, actos sexuales con menor de 14 años y pornografía con persona menor de 18 años, todas las conductas agravadas.
El hombre, quien se desempeñaba como conductor de un vehículo de transporte escolar, habría retenido a una niña de 7 años a comienzos de 2012, y llevado a una vivienda del centro de la ciudad. Al parecer, la manipuló psicológicamente y sometió sexualmente, haciéndole creer que ese tipo de comportamientos eran normales.
En el curso de la investigación se acreditó que a la víctima le cambiaron el nombre, fue trasladada a diferentes inmuebles de Medellín y Bello (Antioquia), desescolarizada e incomunicada. Al cumplir 16 años le reclamó al señalado agresor por el trato recibido, y en represalia presuntamente fue encerrada en una casa, de la cual logró escapar en febrero de este año.
Carlos Humberto fue capturado por la Policía Nacional en Medellín. Durante las audiencias preliminares no aceptó los cargos formulados por la Fiscalía.
FGN
La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.